Duda IVA ventas intracomunitarias modelos 035 036
Publicado: Mar, 28 Sep 2021, 13:30
Buenos días.
Situación
Nuestra empresa vende a clientes particulares de Francia y Portugal. Nuestro almacén está en España. Superamos los 10.000€ de ventas a Francia. En Portugal no superamos esa cifra. De momento no hemos presentado ni el modelo 035 ni el 036.
Primera duda
Sabemos que tendríamos que haber presentado el modelo 035 antes del 10 de Agosto como re-quisito previo para poder presentar el modelo 369 del 3º trimestre de este año 2021 ahora en Octubre. Como no lo hicimos en su momento, si lo presentamos por ejemplo ahora en Septiembre, ¿significa esto que ya no podremos presentar el modelo 369 hasta Enero de 2022, es decir, fuera de plazo?. Si presentamos el modelo 369 en su debido momento, es decir, ahora en Octubre, entonces quedará patente que hemos presentado el 035 fuera de plazo. ¿Entonces nos sancionarán? ¿A cuanto sube la sanción? Y a todo esto, el 036 ¿cuando se presenta, antes o después del 035?
Segunda duda
Sabemos que de las ventas en Francia tenemos que declarar el correspondiente IVA francés del 20% porque allí superamos los 10.000€. Pero ¿y de Portugal?. ¿Al superar el límite de 10.000 en Francia significa que ya tenemos que declarar el IVA de todos los paises de la UE donde vendamos a pesar de que en esos otros paises apenas vendamos unos pocos miles de euros?
Situación
Nuestra empresa vende a clientes particulares de Francia y Portugal. Nuestro almacén está en España. Superamos los 10.000€ de ventas a Francia. En Portugal no superamos esa cifra. De momento no hemos presentado ni el modelo 035 ni el 036.
Primera duda
Sabemos que tendríamos que haber presentado el modelo 035 antes del 10 de Agosto como re-quisito previo para poder presentar el modelo 369 del 3º trimestre de este año 2021 ahora en Octubre. Como no lo hicimos en su momento, si lo presentamos por ejemplo ahora en Septiembre, ¿significa esto que ya no podremos presentar el modelo 369 hasta Enero de 2022, es decir, fuera de plazo?. Si presentamos el modelo 369 en su debido momento, es decir, ahora en Octubre, entonces quedará patente que hemos presentado el 035 fuera de plazo. ¿Entonces nos sancionarán? ¿A cuanto sube la sanción? Y a todo esto, el 036 ¿cuando se presenta, antes o después del 035?
Segunda duda
Sabemos que de las ventas en Francia tenemos que declarar el correspondiente IVA francés del 20% porque allí superamos los 10.000€. Pero ¿y de Portugal?. ¿Al superar el límite de 10.000 en Francia significa que ya tenemos que declarar el IVA de todos los paises de la UE donde vendamos a pesar de que en esos otros paises apenas vendamos unos pocos miles de euros?