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SUBVENCIONES PTES. DE COBRO

Publicado: Dom, 09 Dic 2012, 11:52
por antobe
Tengo contabilizado en la 470 subvenciones concedidas por el Ayuntamiento correspondientes a 3 años, no sabemos cuando se podran cobrar. Se contabilizaron en sus fechas en las ctas. 470 a 725. ¿Es correcto seguir dejandolo en la cta. 470 o se debería hacer alguna contabilizacion, ya que a corto plazo no tenemos garantizado nada?

Re: SUBVENCIONES PTES. DE COBRO

Publicado: Dom, 09 Dic 2012, 12:26
por Invitado
Si dices que aún no se ha cobrado la subvención, ¿porqué lo registras como un ingreso?. En el momento de la aceptación o concesión de la subvención, el asiento deberia haber sido 4708 á 130. Y cuando se cobrase es cuando se empezaria a reconocer como ingreso, dependiendo cual fuere el destino, para determinar los plazos.

Re: SUBVENCIONES PTES. DE COBRO

Publicado: Lun, 10 Dic 2012, 19:15
por Petrus
El hecho de que cites como destino de registro a ingresos la 725-Subvenciones oficiales afectas a la actividad propia de la entidad imputadas al resultado del ejercicio, hay que suponer que debes referirte a una contabilidad de un "ente sin fines lucrativos" , adaptación para dicho sector de la 740 de subvenciones a la explotación del PGC normal.
Siendo pues "subvenciones a la explotación" concedidas por un Ayuntamiento, entiendo que de acuerdo con la normativa contable es correcto su abono a ingresos en el propio ejercicio de su "concesión" comunicada fehacientemente por el donante al beneficiario. Otra cosa será el cobro efectivo de su importe, situación que deberá lucir como saldo deudor pendiente en la 4708 hasta el momento de ser liquidado.Por lamentable que resulte el compás de espera en recibir el efectivo de lo prometido.

Re: SUBVENCIONES PTES. DE COBRO

Publicado: Jue, 13 Dic 2012, 21:56
por antobe
Efectivamente es una entidad sin animo de lucro. Gracias.

Re: SUBVENCIONES PTES. DE COBRO

Publicado: Vie, 21 Dic 2012, 10:19
por Núria
Hola,

Las subvenciones a la explotación, las entrais en el registro de IVA.?
Nosotros hacemos el iva mensualemnte, por lo que tenemos que hacer el Modelo 340. Me han dicho que las suvbenciones las tengo que declarar en el modelo 340, por lo que he entrado la subvencion como una factura sin iva i con el codigo S. Es correcto?
Núria