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COCHE AFECTO 50%

Publicado: Mié, 24 Mar 2021, 13:46
por Zigorina1518
La empresa ha decidido comprar un turismo multiuso (personas u ocasionalmente transporte de mercancías), afecto a la actividad al 50%. Entiendo que a efectos de iva, sólo puedo deducirme el 50%, dado que será utilizado por el administrador. En cuánto a los gastos de amortización? Son deducibles también al 50%? Por otro lado, entiendo que la parte de iva que no se deduce, incrementa el valor del inmovilizado, pero para llevar la factura al SII, como debo reflejarla...la base imponible= BI+50% del iva no deducible, y el iva al 50%, o debería llevarla al SII, con el 50% de la base imponible?

Muchas gracias.