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ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE
Publicado: Mar, 16 Mar 2021, 11:30
por Alga
Buenos días,
a ver si alguien puede echarme una mano. Un particular que va a hacer un renting con un bien mueble de su propiedad, debe hacer factura con IVA y Retención?
Debería darse de alta en alguna actividad? O simplemente declararlo en renta como rendimiento bienes muebles y aparte pagar IVA?
No soy capaz de sacar en claro si es actividad económica o no...
Gracias.
Re: ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE
Publicado: Mar, 16 Mar 2021, 12:48
por Alga
Gracias por la respuesta,
entiendo finalmente que en renta tributará como rendimiento de capital mobiliario, de acuerdo a art. 25 LIRPF.
Que de acuerdo al art. 4 LIRPF se condiera empresario o profesional a efectos de IVA, siendo en este caso un arrendamiento financiero, y tratándose como prestación de servicios hasta que el arrendatario ejerza la opción de compra que pasa a ser enrega de bienes.
El arrendador debería darse de alta en actividad epígrafe 859, presentar autoliquidación de IVA y declararlo en renta como rendimientos de capital mobiliario.
Espero no cometer un error.
Muchas gracias.
Re: ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE
Publicado: Mar, 16 Mar 2021, 12:51
por Alga
Perdón, no es art. 4 LIRPF, sino art. 5 LIVA
Re: ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE
Publicado: Mar, 16 Mar 2021, 19:10
por Ponteunnickplis
“Desde el principio”… Me parece que es muy oportuno esto último que comentas Dakatón. Concretamente el primer párrafo del primer post. Igual te aclaras un poquito. Lástim, para alguien que lo pone fácil..… Madredelamorhermoso que tarde es, me piro. Feliz tarde a tod@s.
Re: ARRENDAMIENTO BIEN MUEBLE
Publicado: Jue, 18 Mar 2021, 12:45
por Alga
Arrendamiento financiero.
Siento ser tan pésimo en mis expresiones o tan bajo en conocimientos que afecte a mi capacidad de expresión. Tampoco el cliente sabía muy bien qué operación quería hacer.
Financiero.
Gracias.