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Liquidacion sociedad
Publicado: Vie, 29 Mar 2019, 10:22
por CARSAM
Una Sociedad Limitada que se pretende liquidar, debe a dos de sus socios una cantidad de unos 6000 € que aportaron para un desajuste temporal, si la sociedad no puede devolverles nada y estos socios perdonan esta cantidad, se podría considerar un ingreso extraordinario o en la escritura de disolución y liquidación hacer constar la imposibilidad de devolverlo.
Gracias
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Vie, 29 Mar 2019, 16:11
por Petrus
¿ Existe activo susceptible de liquidar en la disolución societaria?. Si así fuese se les podría atribuir en el reparto liquidatorio un particular incremento a tenor de la deuda pendiente.
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Lun, 01 Abr 2019, 10:36
por CARSAM
No hay ningún activo.
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Lun, 01 Abr 2019, 11:12
por Petrus
Se podría intentar reconvirtiendo la aportación de los 6000 € de estos socios hacia la 118 como compensación de pérdidas.
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Lun, 01 Abr 2019, 19:32
por CARSAM
Hay más socios, ese dinero solo lo aportaron dos de los socios. Se podría llevar a Reservas (113)?
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Mar, 02 Abr 2019, 01:15
por Petrus
Me lo temía .....
En esta linea de actuación se podría traspasar desde la cuenta en que actualmente esté el depositado el saldo acreedor de esta deuda con los dos socios, hasta la 118. De tal manera la partida quedaría ya figurando dentro del Patrimonio Neto liquidable. A mayor perfección , a seguido pasarlo de la 118 a la 112 en donde a buen seguro existen pérdidas acumuladas.
Con todo, el problema aparece porque estas aportaciones no lo fueron de la mano de todos los socios, sino como dices, solo dos de ellos. Fiscalmente tal circunstancia afora un beneficio fiscal para la empresa a valorar según la composición del accionario de los dos aportantes en relación al total .
Te dejo un enlace de un informe que trata este asunto con todo detalle. En especial deberás atenderte a lo que se detalle en el punto 3 del mismo.
http://gregorio-labatut.blogspot.com/20 ... acion.html
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Mar, 02 Abr 2019, 10:15
por CARSAM
Entonces al tener acumuladas perdidas, sería correcto llevarlo a ingresos extraordinarios?
Gracias por tus respuestas y consejos.
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Mar, 02 Abr 2019, 12:46
por Petrus
La solución pasa por entender la normativa descrita en el enlace que te he dejado en mi anterior respuesta.A la luz de la misma, entiendo que la parte de la aportación de los dos socios que se corresponda con su participación accionarial, puede pasarse directamente al Patrimonio Neto por la vía de la 118 y 121. Pero el exceso recibirá tratamiento de ingresos y como tales cotizará . La cuenta de abono podría bien ser la 768-Ingresos excepcionales.
Al hilo de la cuestión te dejo otro enlace para ver si en su redactado te ayuda a entrar en la debida comprensión del tema.
https://acef.cef.es/aportaciones-socios.html
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Mié, 03 Abr 2019, 19:17
por elchuske
Y hay una cosa que se olvida con la famosa cuenta 118. NO se puede pasar a la cuenta 118 porque si, Hay un procedimiento y entre los requisitos es que todos los socios.. TODOS. tienes que poner la misma cantidad o la parte que les corresponda según su participación en el capital social. En caso contrario no vale. Y todo esto inscribirlo en tu comunidad autónoma.
A ver si somos serios
Re: Liquidacion sociedad
Publicado: Mié, 03 Abr 2019, 20:21
por Petrus
Entiendo que, de poderse hacer, si que se puede, pero entonces queda sujeto a cuanto ya queda bien explicado, no tan solo en mi última intervención, sino a lo que a mayor detalle y profundidad se expone en los dos trabajos de los que he dejado el enlace a disposición .