Cuenta contable de participaciones a l/p
Publicado: Mar, 26 Mar 2019, 07:12
Hola,
Alguien me podría explicar la diferencia entre las siguientes cuentas?
2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo. ¿Se utiliza cuando se cumple el artículo 42 del Cco?
2404. Participaciones a largo plazo en empresas asociadas. ¿Se utiliza cuando se posee un mínimo del 20% del capital social y no se supera el 50%?
2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas Cuando se utilizaría esta cuenta?
Añado otra pregunta que tiene que ver con lo anterior.
Se podría decir entonces que los siguientes situaciones del art.18 LIS se clasificarían en las siguientes cuentas contables:
Una entidad y sus socios o partícipes. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y sus consejeros o administradores, salvo en lo correspondiente a la retribución por el ejercicio de sus funciones. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Dos entidades que pertenezcan a un grupo. 2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo
Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan a un grupo. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25 por ciento del capital social o de los fondos propios. Dos situaciones: Si se alcanza más del 50% sería 2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo. Si se alcanza menos del 50% sería 2404. Participaciones a largo plazo en empresas asociadas
Dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o sus cónyuges, o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, participen, directa o indirectamente en, al menos, el 25 por ciento del capital social o los fondos propios. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad residente en territorio español y sus establecimientos permanentes en el extranjero. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
¿Sería correcto utilizar esas cuentas contables para cuando se den esas situaciones?
Gracias!!!
Alguien me podría explicar la diferencia entre las siguientes cuentas?
2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo. ¿Se utiliza cuando se cumple el artículo 42 del Cco?
2404. Participaciones a largo plazo en empresas asociadas. ¿Se utiliza cuando se posee un mínimo del 20% del capital social y no se supera el 50%?
2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas Cuando se utilizaría esta cuenta?
Añado otra pregunta que tiene que ver con lo anterior.
Se podría decir entonces que los siguientes situaciones del art.18 LIS se clasificarían en las siguientes cuentas contables:
Una entidad y sus socios o partícipes. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y sus consejeros o administradores, salvo en lo correspondiente a la retribución por el ejercicio de sus funciones. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes, consejeros o administradores. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Dos entidades que pertenezcan a un grupo. 2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo
Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan a un grupo. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad y otra entidad participada por la primera indirectamente en, al menos, el 25 por ciento del capital social o de los fondos propios. Dos situaciones: Si se alcanza más del 50% sería 2403. Participaciones a largo plazo en empresas del grupo. Si se alcanza menos del 50% sería 2404. Participaciones a largo plazo en empresas asociadas
Dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o sus cónyuges, o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, participen, directa o indirectamente en, al menos, el 25 por ciento del capital social o los fondos propios. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
Una entidad residente en territorio español y sus establecimientos permanentes en el extranjero. 2405. Participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
¿Sería correcto utilizar esas cuentas contables para cuando se den esas situaciones?
Gracias!!!