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ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL

Publicado: Lun, 18 Mar 2019, 17:54
por HOMERO
Buenas:
Tengo un par de autónomos (realmente uno es una C.B.) que por haber pasado el año pasado de 600.000 € de volumen de operaciones este año se verán obligados a llevar contabilidad.
He estado hurgando por ahí y casi no he encontrado nada, pero he visto que tienen que llevar DIARIO, INVENTARIOS Y BALANCES y CUENTAS ANUALES, pero no lo tengo nada claro. Supongo que tendrán que tener un asiento de apertura con el inmovilizado, clientes, tesorería y deudores/acreedores que tuviera a final de 2018, pero en una sociedad la diferencia entre ACTIVO y PASIVO es el NETO.
¿En este caso tiene que haber algo parecido? ¿Tiene que haber CAPITAL (que podría ser la cuenta 102)?
¿Cómo se gestionaría la CAJA? Tengamos en cuenta que un autónomo tiene realmente a su bolsillo como Caja. No se le obliga a llevar un control de la CAJA mientras cumpla con Hacienda, con la S.S. y con sus empleados. Eso quiere decir que podrá pagar sus gastos particulares como cualquier hijo de vecino. En una sociedad no ocurre eso: el socio, el administrador o el empleado no puede usar la Caja para sus fines particulares, y si lo hacen deben reintegrar inmediatamente lo que han sacado. Alguien me dijo que usara la cuenta 550, pero no creo que eso cambie las cosas; el problema seguiría siendo el mismo.
¿Cómo tributaría un autónomo en DIRECTA NORMAL al que se le hace contabilidad? ¿Tendría “Impuesto de Sociedades”? ¿O seguiría tributando como lo hacía hasta ahora? ¿La CB seguiría en Atribución de Rentas?
En fin, que no sé ni cómo empezar. Si alguien me pudiera orientar sobre estas y cualquier otra particularidad lo agradecería infinito.

Re: ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL

Publicado: Mar, 19 Mar 2019, 21:52
por elchuske
A mi entender seguirás igual pero llevando la contabilidad según el plan contable. Lo de las cuentas anuales olvídalo no es obligatorio.
La caja empieza con cero que no pasa nada. Una vez que tengas todo el activo y todo el pasivo cuantificado, la diferencia es el capital ,. cuenta 102.
Y NO es una sociedad, podrá funcionar la caja y los gastos particulares a la 102, que no funcionaria como la típica cuenta de capital, ya que no es una sociedad.
En definitiva, nada cambia pero hay que llevar un mayor control de la CB. Todos los impuestos igual.