Página 1 de 1
CANCELACION ANTICIPO 239.
Publicado: Mié, 05 Dic 2018, 10:37
por rmartinez
Buenos días,
Sé que cuando se realiza un anticipo a un proveedor por in inmovilizado material, se utiliza la cuenta 239.
Sin embargo, qué sucede si se cancela ese pedido y el anticipo no es recuperable?
Re: CANCELACION ANTICIPO 239.
Publicado: Mié, 05 Dic 2018, 12:42
por Petrus
Debemos suponer que "contractualmente" la entrega de este anticipo no es recuperable en caso de cancelación del pedido.
En tal caso dependerá de la cuantia de la pérdida:
-Si es de "importe significativo" , se registrá en cargo a la 678-Gastos escepcionales.
-Si no es significativo , podria llevarse a la 659-Otras pérdides de gestión corriente.
Deducible a efectos del Impuesto Sociedades, salvo en el caso de que, el no recupero lo fuese por desidia o despreocupación en el reclamo de la devolución.
Re: CANCELACION ANTICIPO 239.
Publicado: Vie, 14 Dic 2018, 14:25
por rmartinez
Lo entiendo, pero... tratándose de un anticipo para activo, que hemos contabilizado en la 239000 no debería, dar de baja ese activo y contabilizarlos en la 671 Pérdidas procedentes del inmovilizado material.