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FACTURA

Publicado: Mié, 17 Oct 2018, 10:16
por MARMUMO
Buenos días a tod@s,
Ya sé que éste tema no correspondería aquí, pero espero encontrar a alguien que pueda resolver el problema que se me ha creado. Expongo el caso: resulta que necesito facturar a una empresa que me exige factura con IVA un trabajo particular mio, sin que tenga nada que ver con la empresa en la que presto mis servicios por cuenta ajena, y no estoy dado de alta ni en el IAE ni en ningún otro impuesto de Hacienda. Creo que ésta factura será la ÚNICA factura que realice por cuenta propia. Como puedo facturar sin estar dado de alta en Hacienda?.
Muchas gracias por vuestra colaboración.
Un saludo a tod@s y que seais muy felices.

Re: FACTURA

Publicado: Mié, 17 Oct 2018, 14:44
por Petrus
Este es un tema controvertido, muy tratado en los foros de opinión contable/fiscal y del que existen lagunas cara a una posible legalidad de procedimiento.

En principio una respuesta ortodoxa, seria:
" Yo diría que cualquier prestación de servicios remunerada exige un alta en el censo de actividades económicas y la repercusión del correspondiente IVA en su caso. No conozco ninguna figura legal para la prestación de servicios remunerados por un particular"

si bien poco margen de actuación deja para aquellos que se encuentran en tal situación de prestar algun servicio esporádico de bajà remuneración.
Para entrar más en profundidad , se podría añadir :
ALTA DE AUTONOMOS.-
No es necesario cuando no existe habitualidad y los ingresos se encuentran por debajo del salario mínimo interprofesional mensual de los 752,85 ?.
ESCENARIO FISCAL.- IVA-IRPF.-
Ser podría atribuir en términos de "asimilación" la permisibilidad que existe para la impartición de cursos de enseñanza esporádicos por particulares no dados en alta de actividad, los cuales son considerados rendimientos del Trabajo. Se puede emitir factura/recibo sin aplicación del IVA y practicándose una retención por IRPF. Dado por descontado que el "cliente" pagador de este servicio por el que demanda formal justificante, cuidará de ingresar dicha retención a Hacienda . El particular que ha cobrado el servicio deberá incluirlo en su declaración de renta como Ingresos del Trabajo y tener en cuenta la retención como ingresos a cuenta.

En este último apartado, dicho bajo todo un manto de inseguridades, por si el servicio prestado difiere de lo concreto, para la impartición de cursos de disciplinas académicas a las que se refieren las dos Consultas Vinculantes en las que se apoya lo comentado:
V0295-13
http://petete.minhap.es/Scripts/know3.e ... Pos=0&UD=1
V1433-12
http://petete.minhap.es/Scripts/know3.e ... Pos=0&UD=1

Hasta aquí puedo llegar ..........

Re: FACTURA

Publicado: Mié, 17 Oct 2018, 16:11
por MARMUMO
Buenas tardes, Petrus
Muchisimas gracias por tu trabajada respuesta, la verdad que es un rollo todo esto que por un trabajo de 250? se pueda montar tal lio, yo he estado pensando en lo que tú dices de hacer fra./recibo SIN IVA e incluir el importe del trabajo en la declaración de la renta como mayor ingreso pero la susodicha empresa me exige el IVA, ante esto podría hacer declaración de IVA mod. 303 e ingresarlo en Hda.?

te reitero mi agradecimiento, pues siempre que te he necesitado has estado presto a solucionarme los problemas.
Un saludo

Re: FACTURA

Publicado: Jue, 18 Oct 2018, 05:27
por Petrus
Para eso deberias primero darte de alta en Hacienda en alguna fórmula de actividad económica.

Re: FACTURA

Publicado: Jue, 18 Oct 2018, 10:08
por MARMUMO
Gracias por todo Petrus.