SOCIEDAD CIVIL
Publicado: Lun, 18 Sep 2017, 20:45
Queridos amigos:
LLevo la contabilidad de un taller de reparaciones de coches, que juridicamente es una Sociedad Civil.
Hasta ahora yo presentaba el iva de la Sociedad Civil y el modelo 130 de cada uno de los dos socios(tienen el 50% de
participación cada uno de ellos). Luego en la declaración de la renta de cada uno de ellos les imputaba los ingresos
y gastos de todo el año, y en el mes de febrero presentaba el modelo de la Sociedad, como declaración Informativa.
La semana pasada llego una notificación de Hacienda, en la que se adjuntaba un alta en impuesto de sociedades con feha
1 de enero de 2016, en el que decía que era obligatorio llevar la contabilidad conforme a como lo hacen las sociedades
limitadas, anónimas, etc.
Efectivamente lo mire, y vi que debiamos habernos dado de alta en Impuesto de Sociedades, con lo que ahora entiendo
que tendre que presentar el impuesto de sociedades, que debia haber presentado en Julio, con la consiguiente sanción.
Pero a partir de aqui me gustaria que alguien,fuese tan amable,de decirme cuales son los pasos a seguir, porque cada uno de lo socios ha tributado en renta por la mitad del beneficio del año 2016, y ha efectuado una serie de pagos a cuenta.
Que pasa con esa tributación y esos pagos a cuenta?.
Si ahora tributo al 25% en el impuesto de sociedades, entiendo que tendría que anularse todo lo anterior, no se si pidiendo devolución de ingresos indebidos o como, pero esta claro que no vamos a tributar dos veces.
A ver si alguien puede decirme lo pasos a seguir, para no meter la pata, que ya la he metido bastante.
Muchas gracias y un saludo.
Javier.
LLevo la contabilidad de un taller de reparaciones de coches, que juridicamente es una Sociedad Civil.
Hasta ahora yo presentaba el iva de la Sociedad Civil y el modelo 130 de cada uno de los dos socios(tienen el 50% de
participación cada uno de ellos). Luego en la declaración de la renta de cada uno de ellos les imputaba los ingresos
y gastos de todo el año, y en el mes de febrero presentaba el modelo de la Sociedad, como declaración Informativa.
La semana pasada llego una notificación de Hacienda, en la que se adjuntaba un alta en impuesto de sociedades con feha
1 de enero de 2016, en el que decía que era obligatorio llevar la contabilidad conforme a como lo hacen las sociedades
limitadas, anónimas, etc.
Efectivamente lo mire, y vi que debiamos habernos dado de alta en Impuesto de Sociedades, con lo que ahora entiendo
que tendre que presentar el impuesto de sociedades, que debia haber presentado en Julio, con la consiguiente sanción.
Pero a partir de aqui me gustaria que alguien,fuese tan amable,de decirme cuales son los pasos a seguir, porque cada uno de lo socios ha tributado en renta por la mitad del beneficio del año 2016, y ha efectuado una serie de pagos a cuenta.
Que pasa con esa tributación y esos pagos a cuenta?.
Si ahora tributo al 25% en el impuesto de sociedades, entiendo que tendría que anularse todo lo anterior, no se si pidiendo devolución de ingresos indebidos o como, pero esta claro que no vamos a tributar dos veces.
A ver si alguien puede decirme lo pasos a seguir, para no meter la pata, que ya la he metido bastante.
Muchas gracias y un saludo.
Javier.