Posible exención por reinversión en vivienda habitual?
Publicado: Mié, 02 Ago 2017, 17:48
Hola.
Compre una vivienda en el año 2001, la cual era mi vivienda habitual. Posteriormente, en el año 2010, empecé a buscar una casa más grande para mi familia y para mi, poniendo a la venta la que ya había adquirido en 2001 para destinar el dinero de la venta a la compra de la nueva casa. Finalmente compré otra casa a las afueras de la ciudad en Julio de 2010, cosa que nos alegró mucho la vida, pero aun no había conseguido un comprador para la que ya tenía, así que pedí una hipoteca y usé el piso como doble garantía con el banco hasta que consiguiera venderlo y cancelar esa parte de la hipoteca que recaía sobre el piso.
Hasta aquí, todo bien.
El problema está en que la venta de mi antigua vivienda habitual se fue dilatando en el tiempo, por culpa de no haber aceptado ni entendido, en su día, que el mercado no estaba para percibir el precio que yo pedía, superando con creces el plazo de los dos años para poder estar exento de pagar el impuesto por el incremento de patrimonio.
Finalmente, el mes pasado, encontré a un comprador que quiere el piso y la diferencia entre el precio de compra y el de venta es de 35.000 ?. El piso lo vendería por 95.000 en 2017 y la compra fue por 60.000 en 2001. Los 95.000 ?, menos los gastos propios de la venta, irán íntegros a la cancelación parcial de la hipoteca de la casa que compré en 2010, liberando la doble garantía, ya que sobre el piso recaen unos 90.000 ? de capital pendiente.
Sabéis si, de alguna manera, puedo acogerme a alguna exención total o parcial por reinversión en vivienda habitual o algún supuesto similar?
Mil gracias!
Compre una vivienda en el año 2001, la cual era mi vivienda habitual. Posteriormente, en el año 2010, empecé a buscar una casa más grande para mi familia y para mi, poniendo a la venta la que ya había adquirido en 2001 para destinar el dinero de la venta a la compra de la nueva casa. Finalmente compré otra casa a las afueras de la ciudad en Julio de 2010, cosa que nos alegró mucho la vida, pero aun no había conseguido un comprador para la que ya tenía, así que pedí una hipoteca y usé el piso como doble garantía con el banco hasta que consiguiera venderlo y cancelar esa parte de la hipoteca que recaía sobre el piso.
Hasta aquí, todo bien.
El problema está en que la venta de mi antigua vivienda habitual se fue dilatando en el tiempo, por culpa de no haber aceptado ni entendido, en su día, que el mercado no estaba para percibir el precio que yo pedía, superando con creces el plazo de los dos años para poder estar exento de pagar el impuesto por el incremento de patrimonio.
Finalmente, el mes pasado, encontré a un comprador que quiere el piso y la diferencia entre el precio de compra y el de venta es de 35.000 ?. El piso lo vendería por 95.000 en 2017 y la compra fue por 60.000 en 2001. Los 95.000 ?, menos los gastos propios de la venta, irán íntegros a la cancelación parcial de la hipoteca de la casa que compré en 2010, liberando la doble garantía, ya que sobre el piso recaen unos 90.000 ? de capital pendiente.
Sabéis si, de alguna manera, puedo acogerme a alguna exención total o parcial por reinversión en vivienda habitual o algún supuesto similar?
Mil gracias!