TRIBUTACION SOCIEDADES CIVILES
Publicado: Mar, 09 May 2017, 14:36
Estimados amigos:
Llevaba una serie de contabilidades, y entre ellas una sociedad civil que es un taller de reparación de automoviles, y me he enterado,tarde, de que a partir de 1 de enero de 2016, tendrían que tributar en el impuesto de sociedades, y no imputar
las atribuciones de rentas a cada uno de los dos miembros de esta sociedad civil(comuneros), en la renta de cada año
como hacia hasta ahora.
Creo que tengo que dar de alta en el modelo 036, la obligación de presentar impuesto de sociedades,pero ahora me encuentro con varios problemas y me gustaría que alguien me ayudase a tomar la decisión "menos mala" a partir de ahora.
- Lo primero que veo es que he presentado el modelo 130 de los comuneros indebidamente desde el primer trimestre 2016,
porque si iba a tributar en sociedades no debería haberlo hecho.
- Después, entiendo que en la renta de este año no podre imputarles los ingresos de la sociedad civil a la renta de los comuneros, pero y que pasa con todos los pagos del modelo 130 a cuenta que he efectuado, hay que pedir devolución de ingresos indebidos?, o se resta de lo que salga a pagar en sociedades.
- No sería mejor esperarme al 2017, y darme de alta en la obligación de impuesto de sociedades y este añó 2016, dejarlo
como estaba, imputando el beneficio en la renta.
A ver si alguien me puede iluminar en todo este asunto.
Con mis gracias anticipadas, un saludo para todos.
Javier.
Llevaba una serie de contabilidades, y entre ellas una sociedad civil que es un taller de reparación de automoviles, y me he enterado,tarde, de que a partir de 1 de enero de 2016, tendrían que tributar en el impuesto de sociedades, y no imputar
las atribuciones de rentas a cada uno de los dos miembros de esta sociedad civil(comuneros), en la renta de cada año
como hacia hasta ahora.
Creo que tengo que dar de alta en el modelo 036, la obligación de presentar impuesto de sociedades,pero ahora me encuentro con varios problemas y me gustaría que alguien me ayudase a tomar la decisión "menos mala" a partir de ahora.
- Lo primero que veo es que he presentado el modelo 130 de los comuneros indebidamente desde el primer trimestre 2016,
porque si iba a tributar en sociedades no debería haberlo hecho.
- Después, entiendo que en la renta de este año no podre imputarles los ingresos de la sociedad civil a la renta de los comuneros, pero y que pasa con todos los pagos del modelo 130 a cuenta que he efectuado, hay que pedir devolución de ingresos indebidos?, o se resta de lo que salga a pagar en sociedades.
- No sería mejor esperarme al 2017, y darme de alta en la obligación de impuesto de sociedades y este añó 2016, dejarlo
como estaba, imputando el beneficio en la renta.
A ver si alguien me puede iluminar en todo este asunto.
Con mis gracias anticipadas, un saludo para todos.
Javier.