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IVA INTRACOMUNITARIO

Publicado: Vie, 07 Abr 2017, 12:21
por Silver
Hola a todos:
Necesito ayuda sobre el IVA en la facturación intracomunitaria de prestación de servicios, mi empresa gestiona el alquiler de apartamentos turísticos en España a agencias de turismo portuguesas, mi duda reside en la exención del IVA o la sujeción a la Regla Especial de localización de la Ley del IVA, ya que los inmuebles se encuentran localizados en España. En caso de estar sujetos a IVA, se consideraría igualmente ventas intracomunitarias de servicios? Como afectaría al modelo 303 y 349?.
Gracias

Re: IVA INTRACOMUNITARIO

Publicado: Mar, 18 Abr 2017, 19:26
por supercontable
Buenas tardes Silver,

se aplicaría el artículo 70 de la ley del IVA por lo que se trata de una prestación de servicios en España. Deberás repercutirle el iva correspondiente a las agencias en dichas prestaciones de servicios sin que se considere una operación intracomunitaria.

El tipo de IVA dependerá de si se trata de operaciones de mediación o directamente de alquiler, teniendo en cuenta si se incluye servicios propios de hostelería o no. A tal efecto es conveniente la lectura de la Consulta Vinculante V0247-15 de la Dirección General de Tributos: http://petete.minhafp.gob.es/consultas/ ... a=V0247-15

Un saludo.