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DEDUCIBILIDAD IVA TURISMO

Publicado: Mar, 27 Sep 2016, 19:42
por lucas889
Una SLU dedicada a la actividad de abogado va a adquirir un turismo. El socio único de la SL ya es propietario a título personal de otro turismo que dedicará a su actividad no laboral. El vehículo que va a adquirir la SL se dedicará a la actividad profesional.
¿Procede deducir el 100% del IVA?
En el caso de que la Agencia Tributaria revisara este asunto, ¿creéis que sería suficiente con acreditar que hay un vehículo a nivel particular y otro a nivel profesional a nombre de la SL?
Gracias.

Re: DEDUCIBILIDAD IVA TURISMO

Publicado: Mar, 27 Sep 2016, 20:42
por elchuske
Pues yo creo que no es suficiente con que tenga otro vehículo. Y te lo digo por experiencia en mi empresa. Es verdad que recurrimos y no nos dieron la razón. Argumentaron que la carga de la prueba la tenemos que aportar nosotros y que la administración no tiene que demostrar nada. Abreviando cuando te llamen llévales un estadillo con kilómetros recorridos a donde has ido y algún justificante que has estado. Vamos de risa.

Re: DEDUCIBILIDAD IVA TURISMO

Publicado: Vie, 30 Sep 2016, 10:58
por fiscalglobal
Nuestra opinión respecto a la deducibidad del segundo turismo es la siguiente:
Cuando una sociedad adquiere un vehículo hemos de distinguir en que circunstancias va a usar el coche:
- Si el coche se usa solo para el desarrollo de la actividad será 100% deducible.
- Si el coche se usa tanto para el desarrollo de la actividad como para uso particular lo lógico es valorar cuantas horas al día emplea en cada circunstancia.

Lo dicho antes es la teoría. A modo práctico y sobretodo en el caso de los turismos, es muy difícil justificar que un vehículo va a ser usado totalmente en el desarrollo de la actividad, por lo que Hacienda no estará conforme en la mayoría de los casos en otorgar una deducibilidad del 100% a un turismo.

Nuestra recomendación es que la empresa lo deduzca al 50% tanto el vehículo, gasolina, reparaciones y gastos asociados al coche, repartiendo el uso entre el desarrollo de la actividad y el empleo particular al 50%.
Otro tema sería en el caso de que el coche que se adquiera sea claramente para el desarrollo de la actividad, un ejemplo sería el coche Mini de Red Bull, que claramente se puede ver que no se va a usar para usos particulares.


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