Página 1 de 1
IVA DEDUCIBLE EN MODULOS
Publicado: Mar, 27 Sep 2016, 11:53
por queca
El IVA de la reparación de un vehículo afecto a una actividad acogida a régimen simplificado de IVA es deducible? O en este régimen sólo se deduce el IVA de la adquisición de bienes de inmovilizado?
gracias.
Re: IVA DEDUCIBLE EN MODULOS
Publicado: Mar, 27 Sep 2016, 17:28
por supercontable
Buenas tardes queca,
En el régimen simplificado del IVA son deducibles, por su importe real, para determinar la cantidad a ingresar, las cuotas soportadas o satisfechas por la adquisición o importación de bienes y servicios destinados al desarrollo de la actividad, tanto si se trata de bienes corrientes como de activos fijos.
Por tanto, si el vehículo está afecto a la actividad es porque es necesario para su desarrollo y en consecuencia el IVA soportado en la reparación será deducible, siempre teniendo en cuenta que la diferencia entre las cuotas devengadas y las soportadas por operaciones corrientes no puede ser inferior a la cuota mínima establecida.
Un saludo.