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AUTOCONSUMO?

Publicado: Jue, 22 Sep 2016, 09:52
por queca
Buenos días, voy a plantearos un caso a ver cómo lo contabilizaríais vosotros:
concesionario de coches: compra un vehículo para stock y su posterior venta, con la contabilización correspondiente.
Al poco tiempo, se matricula a nombre de la empresa (vehículo demostración), se mueve unos meses para después venderse. Cómo lo haríais?

Re: AUTOCONSUMO?

Publicado: Jue, 22 Sep 2016, 12:47
por Petrus
1)- El vehículo al momento de su inicial compra lo ha sido con cargo a la 600-Mercaderias. Puede que entre la compra y la decisión de pasarlo al Inmovilizado (vehículo demostración) haya figurado ya en inventario final de ejercicio, o no; tanto da para el caso. Si ya ha figurado en inventario jugará dentro de la Variación de Existencias al final ejercicio.
2)- Cuando se pasa al Inmovilizado hay que contabilizar por el coste de la adquisición hacia el Inmovilizado en base a:
Debe: 218-Elementos de transporte
Haber: 731-Trabajos realizados para el inmovilizado material.
Aun cuando, para mejor reflejo del hecho, se podría utilizar una cuenta de la adaptación del PGC al sector Inmobiliario (Mercaderías al Inmovilizado):
Debe: 218-Elementos de transporte
Haber : 738-Existencias incorporadas al Inmovilizado
3)- Al momento de producirse la venta al mercado, deberá registrarse como cualquier venta de un Inmovilizado. Suponiendo que en la operación se generará un beneficio, seria:
Debe: 430-Clientes
281-Amortización acumulada del Inmovilizado material
Haber: 218-Elementos de transporte
477-IVA repercutido
771-Beneficios procedentes del inmovilizado material
La amortización acumulada lo será por la generada en razón del tiempo en que el coche haya estado en servicio de la empresa como coche demostración.

Re: AUTOCONSUMO?

Publicado: Jue, 22 Sep 2016, 16:53
por queca
Buenas tardes,

de esta manera que me dices es como se hacía hace unos años, cuando desde la central nos dijeron que la manera de hacerlo era pasar el vehículo a vehículo de ocasión y venderlo como tal. Entonces en lugar de recogerlo en una cuenta de inmovilizado, se recoge en otra cuenta de compra pero esta vez de vehículos de ocasión. De esta manera no se amortiza y la pérdida de valor se recoge en el margen de venta....

no sé qué te parece?

un saludo.

Re: AUTOCONSUMO?

Publicado: Jue, 22 Sep 2016, 17:23
por Petrus
Debido a tu escueta exposición, he entendido el asunto por lo clásico del pase al Inmovilizado y de ahí mi planteo.
Si en realidad no existe cambio alguno en la naturaleza contable del bien, con simplemente identificarlo en exposición de Inventario de Mercaderías es suficiente. O le creas una cuenta de inventario específica (300x) o simplemente lo controlas de manera a detalle administrativo. La Variación de Existencias de Mercaderías dará el coste frente al ingreso de la venta, dentro del ejercicio en que se realice.