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CONTABILIZACIÓN DISTRIBUCIÓN RESULTADOS

FORO destinado a resolver dudas o plantear cuestiones sobre cualquier tema contable, estas serán resueltas por los propios usuarios de SuperContable.com según sus experiencias y por los expertos de RCR.
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mostos
Mensajes: 40
Registrado: Lun, 15 Jun 2015, 12:46
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CONTABILIZACIÓN DISTRIBUCIÓN RESULTADOS

Mensaje por mostos »

Hola,

Tengo una duda a la hora de distribuir el resultado del ejercicio.
Resulta que este año hemos obtenido beneficios pero dado que teníamos pérdidas de ejercicios anteriores no sale a pagar nada en el impuesto de sociedades.
A la hora de hacer el cierre, al reconocer las pérdidas de ejercicios anteriores tengo un resultado contable de 36000 pero he reconocido en eeste año las perdidas de años anteriores y son superiores a este beneficio por lo que según el balance contable el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias es superior a 36000, exactamente de 45000.
Al reconocer en este ejercicio las pérdidas de ejercicios anteriores y realizar el cierre me sale que la cuenta 129 es de 45000?.
Sin embargo al presentar el impuesto de sociedades, la base imponible de este impuesto es de 40.000 ( 36000 + unos ajustes extracontables por gastos no deducibles fiscalmente).
Una vez cerrado el ejercicio, y al hacer la distribución del resultado me surge una duda, el asiento de distribución debería ser de la 121 (pérdidas ejercicios anteriores) a la 129, pero no sé porqué importe.
Para que contablemente me cuadre debería ser por importe de 45.000, esto es, 45000 de la 121 a 45.000 de la 129.
Pero si lo hago así no cuadra con la página 15 del modelo de sociedades en la que compensa los 40.000 de la base imponible del impuesto.
¿Sería correcto el asiento por importe de 45000 (para que coincida con contabilidad) o por 40.000 (para que coincida con el modelo 200)?

Espero que alguien pueda ayudarme.

Gracias de antemano.
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: CONTABILIZACIÓN DISTRIBUCIÓN RESULTADOS

Mensaje por Petrus »

Una cosa es la base imponible fiscal sobre la que se calcula la cuota por la que se cotiza por el Impuesto y otra el resultado contable que aparece en la 129 al cierre del ejercicio.
Así pues la aplicación del resultado CONTABLE, en este caso en beneficio reduciendo pérdidas de ejercicios anteriores, debe hacerse por el saldo en la 129 contra la 121.
Debe: 129 / Haber: 121
Asiento que, por descontado, se anotará en contabilidad al filo del 30 de junio del año siguiente en ocasión de que la Junta de Socios aprobando las Cuentas Anuales proceda a aplicar el resultado CONTABLE.
En la página 15 del mod. 200 se rebajaran las B.I.N compensadas en el ejercicio.
mostos
Mensajes: 40
Registrado: Lun, 15 Jun 2015, 12:46
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Re: CONTABILIZACIÓN DISTRIBUCIÓN RESULTADOS

Mensaje por mostos »

Entendido.
Muchísimas gracias.
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