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Donativo que no me puedo desgravar según asociación

Publicado: Mié, 08 Jun 2016, 11:09
por TinyMonkey
Buenos días a todxs,

El año pasado efectué un donativo a una asociación. El importe es muy pequeño, pero yo me desgravo todo lo que pueda. El caso es que la asociación me ha confirmado que queda acogida bajo la Ley 49/2002; pero me dicen que no me lo puedo desgravar porque la gestoría no me ha metido en el modelo 182. Yo creo que esto es un error suyo y no es mi culpa. Me gustaría saber si teniendo el justificante de la transferencia, así que en el caso de incluirlo en la declaración de la renta, yo puedo justificar que hice el donativo ante Hacienda. Eso sí, aclaro que en la transferencia no indiqué que era un donativo.

¡Gracias y saludos!

Re: Donativo que no me puedo desgravar según asociación

Publicado: Mié, 08 Jun 2016, 18:57
por supercontable
Buenas tardes TinyMonkey,

El artículo 24 de La Ley 49/2002 regula la Justificación de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles, estableciendo en su apartado primero que la efectividad de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles se justificará mediante certificación expedida por la entidad beneficiaria, con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Si nos trasladamos al reglamento, aprobado por el Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, en su artículo 6.2 podemos leer que a efectos de lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley 49/2002, la entidad beneficiaria deberá remitir a la Administración tributaria una declaración informativa sobre las certificaciones emitidas de los donativos, donaciones y aportaciones deducibles percibidos durante cada año natural.

Por tanto, si Hacienda no tiene constancia de que hayas realizado dicho donativo y tampoco lo puedes probar mediante la certificación pertinente, me temo que no te lo aceptarán en la declaración. Podrías incluirlo a la espera de que por lo reducido del importe pasara desapercibido pero no sé hasta que punto merece la pena hacer estas triquiñuelas que pueden derivar en un requerimiento.

También es importante reseñar que la mera exigencia formal no puede poner en entredicho el derecho a la deducibilidad si se cumplen los requisitos materiales, aunque como suele ocurrir Hacienda se salta esta máxima conforme le conviene, recayendo la carga de la prueba en el contribuyente a través del pertinente recurso o reclamación. En cualquier caso, al igual que comentaba en el párrafo anterior, no veo aconsejable llegar tan lejos si la cuantía de la que hablamos no es lo suficientemente elevada como para sufragar los costes, tanto económicos como en tiempo, de seguir por esta vía.

Un saludo.

Re: Donativo que no me puedo desgravar según asociación

Publicado: Jue, 23 Abr 2020, 19:20
por Alber83
Buenas tardes,

tengo un cliente con el mismo problema. Presenta el modelo 182 sin incluir un registro.
La persona perjudicada me dice que en su renta no aparece,evidentemente.

Me da los comprobantes bancarios de los donativos y la entidad ofrece firmar un certificado.

Entiendo que si hacemos esto habría que presentar complementaria y sancionarían a la entidad con 150 € (mínimo sin requerimiento)

Es muy poca deducción y pienso que no merece la pena.

Que opinais??