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FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Lun, 06 Jun 2016, 12:25
por ANGELA
Buenos días, a ver si me podéis ayudar : una empresa compra un vehículo a nombre de la empresa en el 2012, por un motivo que desconozco la factura no se contabilizó en su día y por tanto tampoco se declaró en el modelo 347 ya el el acreedor no envió la información de la declaración que constaba en sus registros, todo un cúmulo de circunstancias.

En el 2016 se ha vendido este coche y es cuando buscando la factura del 2012 he comprobado que no está contabilizada. Como aún puedo incluirla en este año, así lo haré pero...y la amortización? en cuanto al 347 pienso que lo más correcto es declarar en el 2017 como una adquisición que se ha contabilizado en el 2016. Me decís algo al respecto?

Muchas gracias y saludos,

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Jue, 09 Jun 2016, 08:42
por Petrus
Es evidente que en el 2012 en ocasión de la compra del vehículo la operación no quedó contabilizada porque se pago en "negro". Con toda la suerte del mundo por cuanto Hacienda no detectó en la declaración del mod. 347 del concesionario vuestra martingala.
Puestas así las cosas, me resulta algo inocente que ahora queráis recuperar hacia la legalidad una trampa anterior, con toda esta complicación que expones. Desde el punto de vista práctico, lo dejaría tal cual y con el dinero de la venta del vehículo me tomaría una cañas y punto.

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Vie, 10 Jun 2016, 14:37
por Ponteunnickplis
Je, je. Petrus... Menos mal que has contestado aquíÔǪ. Seguramente en otro foro no habrías tenido redaños de hacerloÔǪ. Sé de uno que te la hubiera liado pardaÔǪ Me apunto a tu solución y ya puestos también a las cañas. Sobre todo teniendo en cuenta el quilombo contable-fiscal que tiene montado.

Saludos.

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Vie, 10 Jun 2016, 15:31
por Petrus
Ja,ja, ja, .... pues si, aquí de momento, gozamos de esta tranquilidad.
Saludos.

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Vie, 10 Jun 2016, 16:17
por Ponteunnickplis
Hombre Petrus, yo creo que la paz está aseguradaÔǪ tiendo en cuenta que aquí no es posible editar los postÔǪ Eso ya de por si en una barrera de entradaÔǪ

Saludos y disfruta del fin de semana.

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Vie, 10 Jun 2016, 18:35
por ANGELA
Buenas tardes, la factura de la compra del vehículo se ha contabilizado en este trimestre. En cuanto al pago está más complicado.

Saludos,

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Sab, 11 Jun 2016, 12:22
por Petrus
Pues si, si optas por este camino, ahí comienza la complicación.....

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Lun, 13 Jun 2016, 13:09
por ANGELA
Buenos días, siguiendo con el tema de la factura de inmovilizado, la limitación de pagos en efectivo entró en vigor en noviembre de 2012, siete meses después de la adquisición del vehículo.

Saludos,

Re: FACTURA INMOVILIZADO

Publicado: Lun, 13 Jun 2016, 17:54
por Ponteunnickplis
Buenas tardes Ángela.

A mi juicio, el que no te afecte la limitación de pago en efectivo es el menor de tus problemas. Sigo pensando que declararlo ahora no te puede traer nada bueno.

Dices que se pagó el vehículo en efectivo por parte de la empresaÔǪ.Primera pregunta que se me plantea ¿Existe ese excedente de tesorería en la caja de la empresa en esos ejercicios para hacer frente al pago? Durante esos años que ese bien estuvo afecto y no contabilizado ¿Qué pasó con los gastos de gasolina, reparaciones, seguro etc? ¿Fueron contabilizados? Caso de que sí, ¿Cómo es que nadie se dio cuenta que no había un vehículo en el inmovilizado? Caso de que no. ¿Cómo es posible que un bien que forma parte del inmovilizado de la empresa y está afecto a la actividad no genere ningún tipo de gasto?

No sé , me parece que debéis construir un buen argumetario para explicar toda esta situación irregular, porque a falta de más información, esto es muy poco defendible frente a la Agencia tributaria.

A efectos prácticos, si al final os decidís a declarar el vehículo este año. Debes tener en cuenta de si es un vehículo de turismo, el grado de afectación a la hora de deducir el IVA y por tanto a la hora de repercutir el IVA caso de trasmisión. En relación al 347. Yo recomendaría que lo tratases como un error y modificación on-line del ejercicio 2012. Es muy poco defendible, por lo expuesto anteriormente que la fecha de la recepción de la factura es el 2015.

Estúdiate bien la problemática fiscal y decide si te interesa seguir adelante.

Un saludo.