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AMORTIZACION PABELLON

Publicado: Jue, 17 Mar 2016, 16:31
por ANGELAIN
Hola a todos,
Tengo una empresa que adquirió un pabellón nuevo en el 2012. Como no tenían registrado en el catastro datos de la finca relativos al suelo y a la construcción y en la escritura tampoco había ninguna referencia, seguimos para el tema de determinar el valor amortizable y el no amortizable del mismo un 50% suelo y 50%construcción. Basándonos en nuestro propio criterio de valoración a la espera de tener los porcentajes del catastro.
Pasó el 2013, el 2014 y por fin en el 2015 aparecen los datos que necesitamos. El porcentaje definitivo según el catastro es el 61% const. y 39% suelo.
Ahora calculo lo que teníamos que haber amortizado según estos nuevos porcentajes y nos hemos quedado cortos claro. Mi pregunta es: Una vez reflejados en el activo del balance los valores que corresponden a suelo y a contrucción, ¿Qué tengo que hacer con el importe de las amortizaciones que se ha dejado de dotar? ¿Cuál sería el asiento?
Muchas gracias y quedo a la espera de vuestras respuestas,
Un saludo a todos.

Re: AMORTIZACION PABELLON

Publicado: Jue, 17 Mar 2016, 22:49
por Petrus
Vamos a ver; la recomendación de echar mano a la distribución entre suelo y edificación que figura en el valor catastral de una finca inmueble, lo es cuando no se tiene un criterio suficientemente ajustado a la realidad del mercado. Eso quiere decir que si vosotros decidisteis adjudicarle la mitad a cada una de las partes y esa decisión venia avalada por una peritación, u toma veraz de precio de mercado, no hay distribución mejor que la pueda suplir, por mucho desglose que leamos en el recibo del I.B.I. en sus valores catastrales.
Así pues será vuestra la decisión a tomar por si lo dejáis tal como salisteis, o preferís ajustarlo a los nuevos valores del catastro.

Re: AMORTIZACION PABELLON

Publicado: Vie, 18 Mar 2016, 12:35
por ANGELAIN
Buenos días y gracias por la respuesta.
En caso de que decidiéramos entonces ajustar los valores y las amortizaciones. ¿Qué asiento tendría que hacer?
Un saludo,

Re: AMORTIZACION PABELLON

Publicado: Vie, 18 Mar 2016, 15:01
por Petrus
En tal caso habrá que atenerse a cuanto podemos leer en la Norma de Valoración y Registro del PGC nº 22.ª Cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables.
En la mejor de las apreciaciones de dicho contenido podemos entrever que lo concreto puesto a consulta se trata de un caso de "Cambio de estimación contable" por lo cual la regularización habrá que efectuarla por medio del criterio "prospectivo" a partir del corriente ejercicio en que se ajustan los valores.
Así pues, entendemos correspondería:
Traspasar valor del inmovilizado de terreno a construcción:
Debe: 211 / Haber: 210
Por lo que respecta a la amortización corresponderá ajustar una mayor valor proporcional al incremento del parcial Construcción por las cuotas de los años anteriores. Esta diferencia debería jugar dentro del corriente ejercicio en base a:
Debe: 681 / Haber: 281
las amortizaciones correspondientes al año actual a calcular normalmente sobre el nuevo valor del Inmovilizado Construcción.

Re: AMORTIZACION PABELLON

Publicado: Vie, 18 Mar 2016, 15:06
por ANGELAIN
Muy bien aclarado. Muchísimas gracias.