Deterioro valor fondo de comercio.
Publicado: Lun, 14 Mar 2016, 17:42
Buenas tardes,
El caso en el que tengo dudas es el siguiente:
Una persona física tiene una farmacia que fue adquirida por transmisión onerosa, por lo que en su inmovilizado consta el fondo de comercio (supongamos que por un valor de 1.000.000 euros).
El fondo de comercio entiendo que no se amortiza, lo que se debe hacer es reflejar un deterioro del valor directamente contra la cuenta del fondo de comercio.
El primer año de tener el local reflejo el deterioro del fondo de comercio (un 7,5%) por un importe de 75.000 euros. El asiento que realizaría sería la cuenta 670 (perdidas proc.inmov. intangible) en el debe contra la cuenta 204 (fondo comercio).
Al segundo año al reflejar otra vez el deterioro es donde me entran las dudas.
¿Tendría que volver a reflejar un deterioro de 75.000 euros (aplicando el porcentaje sobre el valor primitivo) o el deterioro de este año lo calcularía sobre el valor del fondo comercio inicial minorado por el deterioro realizado en el año anterior?
Es decir, ¿tendría que realizar el 7,5% de 1.000.000 euros o el 7,5% de 925.000? (1.000.000 - 75.000)?
Espero vuestra ayuda, gracias!
El caso en el que tengo dudas es el siguiente:
Una persona física tiene una farmacia que fue adquirida por transmisión onerosa, por lo que en su inmovilizado consta el fondo de comercio (supongamos que por un valor de 1.000.000 euros).
El fondo de comercio entiendo que no se amortiza, lo que se debe hacer es reflejar un deterioro del valor directamente contra la cuenta del fondo de comercio.
El primer año de tener el local reflejo el deterioro del fondo de comercio (un 7,5%) por un importe de 75.000 euros. El asiento que realizaría sería la cuenta 670 (perdidas proc.inmov. intangible) en el debe contra la cuenta 204 (fondo comercio).
Al segundo año al reflejar otra vez el deterioro es donde me entran las dudas.
¿Tendría que volver a reflejar un deterioro de 75.000 euros (aplicando el porcentaje sobre el valor primitivo) o el deterioro de este año lo calcularía sobre el valor del fondo comercio inicial minorado por el deterioro realizado en el año anterior?
Es decir, ¿tendría que realizar el 7,5% de 1.000.000 euros o el 7,5% de 925.000? (1.000.000 - 75.000)?
Espero vuestra ayuda, gracias!