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Gastos viaje taxis y dietas

Publicado: Sab, 13 Feb 2016, 13:00
por Constantino
Inspección de Hacuebda 2011: después de reclamar al TEAR sobre los gastos de viajes, que por mi profesión son continuos, me contestan que todo está justificado, billetes de viajes avión i AVE y hoteles, pero no así los gastos de desplazamiento (taxis 6900?) y dietas (2000?). Estos gastos son liquidados de forma transparente y los facturó a mis clientes (multinacionales que comprueban todo). Aluden a que no son facturas pero quien viaja sabe que los taxis no emiten factura y que para desplazarse en Madrid, Bilbao u otro lugar es imprescindible taxis ( no son baratos). Así mismo cuando uno está de viaje, demostrado por la documentación, necesita comer y cenar por lo que se pasan dietas de acordo con lo que el. Cliente te permite (ente 19? y 21?).

En el año 2012 tuve otra inspección que tras comentar lo mismo me accedieron y aceptación sin problemas mi declaración de irpf. Aludieron que si los gastos estaban suficientemente justificados y estaban facturados al cliente final, era correcto.


Mi pregunta es simple, dentro de mi desconocimiento: cuál es lo correcto pues la propia Hacienda me dice cosas distintas ante la misma situación.

Gracias

Re: Gastos viaje taxis y dietas

Publicado: Mié, 17 Feb 2016, 09:00
por Invitado
El concepto de dietas y otros gastos de desplazamientos se encuentran regulador en el art.9 del Reglamento del IRPF. Eso por una parte. En el posible caso de personas físicas en EDS, algunas inspecciones consideran que esos gastos se encuentran incluidos en el 5% de difícil justificación.

No obstante, pudiera ser que en las diferentes inspecciones, se hubieran interpretado diferentes criterios. Por ello, cuando se trate de una negación, es buena práctica preguntar la causa y normativa aplicada. Es la única forma de apoyar una posterior alegación con razones y pruebas suficientes.