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SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Jue, 26 Nov 2015, 18:39
por beatriz123
Buenas tardes:
Tenemos una sociedad civil, tributamos en recargo de equivalencia, somos dos hermanas socias trabajadoras. No tenemos intención de crear una S.L., ya que no podríamos acogernos al recargo de equivalencia, tendríamos que hacer impuesto de sociedades....
Entendemos que con la reforma, no podemos seguir tributando por recargo de equivalencia... y además tendríamos que hacer impuesto de sociedades, además de no poder tener nominas...
Hemos pensado, disolver la sociedad civil, y que una contrate a la otra (yo quedaría como autónoma y contrataría por cuenta ajena a mi hermana.....)
Nos gustaría conocer su opinión sobre que es lo mas beneficioso para nuestro negocio.
Gracias de ante mano!!
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Vie, 27 Nov 2015, 13:26
por Ponteunnickplis
Hola Beatriz123,
Efectivamente, dejáis de estar en Recargo de equivalencia y pasáis a Régimen general y efectivamente tributáis en el Impuesto de Sociedades, lo que os obliga a llevar una contabilidad de acuerdo al código de comercio. Lo de los libros y lo de las Cuentas Anuales (a pesar de lo leído por ahí) continuo sin verlo.
Sólo una puntualización a tu post respecto a las nóminas. En principio parece ser que la agencia tributaria va equipara a las sociedades civiles al resto de sociedades, en cuanto a la problemática de encuadrar las retribuciones percibidas de las socias como trabajadores dependientes a efectos fiscales o actividad económica. De manera que podrían tener nóminas , pero dependerá a su vez del tipo actividad que realices dentro de la sociedad civil.
Respecto a lo que es más ventajoso o no deberías consultarlo con un buen profesional que viendo tus números, la actividad que desarrolláis te podrá decir algo más concreto.
Saludos.
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Vie, 27 Nov 2015, 14:03
por nachet
Yo particularmente para este tema de sociedades civiles "sencillas", es decir se juntan 2 socios para trabajar y no hay más complicaciones(contratos con terceros,etc...), haria una disolucion de la sociedad civil y constituir una C.B., ya que el régimen fiscal es el mismo con la diferencia que una C.B. no es una persona jurídica
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Vie, 27 Nov 2015, 14:23
por Ponteunnickplis
Eso de montar una CB... Será si te dejan, por lo que he leído por ahí, parece ser que la AEAT no está por la labor... Además hay quienes piensa que las CB que tengan actividad mercantil deben tributar en Sociedades (parece ser que hay una nota interna de la Agencia tributaria al respecto), todo ello a pesar de las consultas vinculantes que dicen lo contrario...
Saludos.
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Vie, 27 Nov 2015, 17:39
por nachet
Precisamente tengo yo una montada con un socio capitalista y en los estatutos puestos que el administrador único,aunque muy raro por ser CB,es el socio mayoritario.Eso si en hacienda le estuvieron dando vueltas por lo del administrador único ....pero dada de alta perfectamente.Evidentemente le están dando vueltas a todo, cuando se modifique lo de las CB, que queda ....montar SL con los gastos que supone no digo notaria ya que es poco si el capital son 3000,05?.Queda mensualmente pagar la asesoría que lleve la contabilidad, hacer nominas etc...deposito de cuentas, ....y cuantos fijos representa al inicio de una actividad???
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Vie, 27 Nov 2015, 19:21
por beatriz123
Y si existiera la opcion de pasar a modulos??Van a poder las sociedades civiles tributar a modulos??
Gracias
Re: SOCIEDADES CIVILES RECARGO DE EQUIVALENCIA
Publicado: Lun, 30 Nov 2015, 13:39
por Ponteunnickplis
Buenos tardes.
En realidad, soy de la opinión que nadie obliga a transformar la Sociedad Civil (y las CB si al final la AEAT decide que aquellas mal constituidas tributan por sociedades) en una SL, salvo que interese por otros motivos. Lo único que cambia es tu forma de tributar y tener alguna obligación contable más complicada, nada más.
Respecto a tu pregunta Beatriz. El cambio legislativo es claro, a partir del 1 de enero de 2016. Las Sociedades Civiles con objeto mercantil son sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades.
Saludos.