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PARA CONTABILIZAR UNA TIENDA FRUTAS

Publicado: Jue, 05 Nov 2015, 22:00
por carloslosa
Hola buenas Noches amigos, me han propuesto pasar la contabilidad a una tienda de futas, osea un colmado, y pido consejos en el sentido basico de lo que se debe tener en cuenta a contabilizar. O sea, en un programa de contabilidad, por ejemplo el CONTAPLUS, pasar las facturas recibidas,y emitidas como los ingresos, No se si se debe llevar el control de Bancos, Pagos de Seguridad social, Nominas, IRPF, si lo hubiere de facturas recibidas, Prestamos, Leasings, y no sé que mas podria tener en cuenta. Si no me hace falta nada mas, me podría orientar alguien como debería planteralo..?
El calculo de Amortizaciones, Impuesto de Sociedades, Distribucion de resultados, etc, tambien debe contemplarse en este tipo de contabilidad...?
Ruego vuestra ayuda, Saludos

Re: PARA CONTABILIZAR UNA TIENDA FRUTAS

Publicado: Vie, 06 Nov 2015, 12:46
por nachet
hola, lo primero que tienes que concocer es el régimen fiscal que le afecta;puede ser una tienda de frutas y haber constituido una sociedad para su explotacion.Ahora bien si es una tienda de frutas cuyo titular es una persona física ó CB se rige por el recargo de equivalencia, obligatorio para comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es un régimen especial de IVA.

Re: PARA CONTABILIZAR UNA TIENDA FRUTAS

Publicado: Dom, 08 Nov 2015, 22:30
por carloslosa
Gracias por vuestro interes en responder. Se trata de una tienda regida por persona fisica,no manipula transformacion
alguna, pero me deciis que tiene que justificar IVA? o sea tiene que presentar relacion de facturas recibidas y emitidas..?. y en esta condición que mas tiene que presentar, esa es mi pregunta...GRACIAS.

Re: PARA CONTABILIZAR UNA TIENDA FRUTAS

Publicado: Lun, 09 Nov 2015, 11:24
por nachet
Para poder responder adecuadamente tus preguntas acerca de si tiene que justificar IVA, lo primero está en el regimen especial del recargo de equivalencia en el iVA, por lo tanto no tiene obligacion de hacer/presentar declaraciones trimestrales de iva, mod.303 y en la tributación del IRPF tienes que conocer si esta en EO,modulos ó EDS, estimación directa simplificada ya que las obligaciones varían de un régimen a otro para hacer el cálculo del mod.130(EDS) ó mod.131(EO).
Obligaciones formales y registrales respecto al IVA
Acreditar ante los proveedores o ante la Aduana, el hecho de estar sometido al recargo de equivalencia, con el fin de que estos puedan repercutir el recargo correspondiente.

No existe obligación de llevar libros por este impuesto, salvo que se realicen actividades en otros regímenes distintos en cuyo caso, además del deber de cumplir respecto de ellas las obligaciones formales que en su caso están establecidas, deberá llevarse un libro registro de facturas recibidas donde serán anotadas con la debida separación las relativas a adquisiciones correspondientes a actividades en recargo.

No hay que presentar declaraciones del IVA por las actividades en este régimen especial. No obstante, cuando se realicen adquisiciones intracomunitarias, operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo o entregas de inmuebles sujetas y no exentas al impuesto (salvo las efectuadas en ejecución de garantía) se presentará el modelo 309 ÔÇ£declaración no periódicaÔÇØ.

Si se realizan entregas de bienes a viajeros con derecho a devolución del IVA, con el fin de obtener el reembolso de lo abonado a aquellos, se presentará el modelo 308 de ÔÇ£solicitud de devolución de recargo de equivalencia y otros sujetos ocasionalesÔÇØ.