Página 1 de 1
Bien de inversión
Publicado: Mar, 21 Jul 2015, 14:46
por Malaga
Buenas tardes, por si alguien me puede ayudar, somos una empresa y hemos adquirido un bien de inversión (+ 3000 ?), el bien lo vamos a amortizar en 5 años, mi duda es si el iva soportado me lo puedo deducir integramente en la próxima declaración de iva o tiene que ser prorrateado durante el periodo de amortización ?
Gracias.
Un saludo.
Re: Bien de inversión
Publicado: Mié, 22 Jul 2015, 09:27
por Petrus
Te lo deduces totalmente en la próxima declaración del IVA.
Re: Bien de inversión
Publicado: Mié, 22 Jul 2015, 11:06
por Malaga
Buenos días, no tengo muy claro cuando se dice "Por cada bien individualizado se registrará: la fecha del comienzo de su utilización, la prorrata anual definitiva y la regularización anual, si procede, de las deducciones".
En que caso se aplicaría la prorrata y las regularizaciones ?
Gracias.
Un saludo.
Re: Bien de inversión
Publicado: Jue, 23 Jul 2015, 10:05
por nachet
Me parece por lo que comentas que tu empresa está en regimen de prorrata.Tienes que aclarar este punto ya que es totalmente diferente la compra de un bien de inmovilizado(ó corriente) y su correspondiente amortizacion si una empresa tiene prorrata de iva(actividades exentas y no exentas) a que no tenga prorrata.
Re: Bien de inversión
Publicado: Jue, 23 Jul 2015, 10:33
por Malaga
Buenos días, no estamos en prorrata, liquidamos mensualmente el iva.
Re: Bien de inversión
Publicado: Jue, 23 Jul 2015, 12:21
por nachet
Que se tenga ó no prorrata no quiere decir que no se liquide iva mensualmente ó trimestralmente.Como dice Petrus te deduces el iva soportado integramente en la declaracion de iva que le corresponda;si lo has comprado el 01/07/2015 pues en la liquidacion iva 3ªT y si la haces mensual 20/08/15.
Asimismo dices que vas a amortizar al 25% el bien de inversion que sino coincide con tabla de amortización tendrás que hacer ajustes en el impto.de sociedades del ejercicio 2015.
Re: Bien de inversión
Publicado: Jue, 23 Jul 2015, 14:34
por Malaga
Muchas gracias, por la aclaración.
Un saludo.
Re: Bien de inversión
Publicado: Vie, 24 Jul 2015, 10:07
por Flor
Una sociedade no tiene el software habilitado para facturar sin IVA a revendedores o empresarios o professionals nas lojas en front-office. que puedemos fazer no momento del cobro e de transmisione del bien? Estamos piensando enviar la factura unos dias despues.
asi, la sociedade recibe el pedido del cliente, o cliente efectue el pago sin iva e entregamos el produto. Pero la factura es emitida con IVA e no la entregamos el cliente, una vez qui vá haver factura rectificativa por inversión del sujeto. 3 dias após la enviaremos por correio sin IVA.
Cual documento puedemos emitir cuando entregamos el bien e confirmar el pago?
Muchas Gracias