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inmovilizado
Publicado: Vie, 19 Jun 2015, 10:41
por lcms1960
He comprado para los muestrarios de mis vendedores, unos "estuches presentadores" de nuestros productos. Como el coste es algo importante, creo conveniente activarlos. Voy a llevarlos a Mobiliario, con una amortizacion lineal de 4 años al 25%.
¿ Alguien ve algun problema en hacerlo de esta forma ? Gracias por vuestra ayuda.
Re: inmovilizado
Publicado: Vie, 19 Jun 2015, 12:19
por Petrus
En primer lugar, creo interesante situar el caso dentro de la nueva tabla de Amortizaciones fiscales que ha entrado en vigor a partir del 01/01/2015. Dejo un enlace de su contenido y normas:
http://asesor-contable.es/tablas-amortizacion-2015/
Por lo que respecta a estos estuches para vendedores quizá su calificación contable quedaría mejor en vez de Mobiliario adjudicarlo a la 219-Otro inmovilizado material; aunque ello resulta hasta cierto punto intrascendente.
Lo importante del caso es ajustarnos a su amortización. Debemos pensar en que en tu aplicación de su vida útil priva la condición de que entre dentro de lo deducible a efectos del I. de SS. En cualquier caso, los 4 años que insinúas creo que serian de difícil justificación ante los baremos de los % oficiales, ya que tal como se observa el máximo admitido anual es del 15% de "Otros enseres" (equivalente a 6,7 años).Salvo que aceptes el juego de Variantes temporarias por las diferencias entre lo aplicado en la contabilidad y lo fiscalmente admitido.