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PARTES VINCULADAS

Publicado: Jue, 30 Abr 2015, 16:47
por Jaseng
He leido un articulo que me habeis dejado en una consulta anterior y la verdad que no lo entiendo muy bien. Os comento mi duda:
Tengo una Sociedad Limitada con 4 socios estos poseen el 42%, 36%, 12% y el 10% de las acciones, los socios de esta sociedad han prestamo dinero a largo plazo a la misma, se formalizo un documento en el que se especifica la cantidad vencimiento y tipo de intereses, en este caso el 5%, y en algunos casos se han pagado los intereses anualmente, o cuando se han liquidado las operaciones con la retencion del 21%. Estas operaciones de prestamo las tengo contabilizadas en la cuenta 171, y me da la impresion de que estan mal. Me podeis decir a que cuenta las tengo que contabilizar y que otros tramites tengo que hacer con esta clase de operaciones.

Tambien tengo una Sociedad de Responsabilidad Limitada Profesional, con un unico socio, tambien le reaaliza prestamos puntuales a la sociedad por falta de tesoreria, cancelandose a corto plazo, ¿tambien tengo que considerar estas operaciones vinculadas?

Si entre estas sociedades u otras, con un socio en comun, se prestan dinero, esos prestamos tambien se consideran operaciones vinculadas.

A parte de cambiar el numero de cuenta, si procede, tengo algo mas que hacer con esta clase de operaciones.
Gracias

Re: PARTES VINCULADAS

Publicado: Lun, 04 May 2015, 11:07
por supercontable
Buenos días Jaseng,

Esas operaciones de préstamo, entre una entidad y sus socios, se consideran realizadas con partes vinculadas, por lo que debes contabilizarlas en las cuenta 163, en lugar de en la 171 como venías haciendo.

Igualmente se considera una operación vinculada el préstamo a corto plazo realizado con la Sociedad de Responsabilidad limitada Profesional.

Las obligaciones formales a las que tienes que hacer frente por tratarse de operaciones vinculadas consisten en valorar dichas operaciones a valor de mercado y hacerlas constar en la memoria.

Un saludo.