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DUDA 347

Publicado: Mar, 24 Feb 2015, 11:54
por Conta1606
Buenos días.
Tengo una incidencia con el 347 de una empresa, uno de sus clientes entró en 2014 en concurso de acreedores.
Lo pongo en números redondos para que sea un poco más sencillo de explicar.
En el primer trimestre de 2014 habían facturado a dicho cliente unos 4500 ? . Cuando entró en el concurso, en el segundo trimestre, se hicieron rectificativas por el importe pendiente de pago (había facturas de 2012,2013 y 2014).
El total reclamado en concurso ascendió a unos 8000? (incluyendo base y cuota) y el IVA reflejado en las rectificativas a 1000?. No hubo más movimientos con esa empresa durante el año.


La duda que me surge es la siguiente: ¿Al presentar el 347 al importe facturado a principios de año le tengo que restar el IVA de las rectificativas o el importe total (base y cuota)?

En información de hacienda me han comentado que es la base y la cuota, pero yo no lo acabo de ver del todo, ya que en realidad la base sigue siendo una deuda pendiente de cobrar para la empresa.


Muchas gracias de antemano.

Re: DUDA 347

Publicado: Jue, 26 Feb 2015, 16:35
por nachet
desde mi punto de vista es lo que te dice la aeat, base +iva y te puede salir negativo