Página 1 de 1
monica
Publicado: Mié, 16 Jul 2014, 09:29
por monica
Hola a todos,
¿me podríais decir, por favor, si en el impuesto de sociedades me puedo deducir los 3 modelos 202 que he pagado en el 2.013?
gracias
Re: monica
Publicado: Mié, 16 Jul 2014, 10:28
por pinko84
Claro, son los pagos fraccionados que te deben minorar la cuota líquida, son las casillas 601, 603 y 605 de la página 14 del modelo 200.
Un saludo.
Re: monica
Publicado: Jue, 17 Jul 2014, 08:56
por monica
Muchas gracias Pinko84 por tu respuesta,
es que mi duda era si los pagos fraccionados que me podía deducir eran los 3 del 2.013 o los de octubre y diciembre del 2.013 y el de abril de 2.014, pero ya me has aclarado que los 3 que me puedo deducir son los que he pagado en el 2.013.
muchas gracias de nuevo y un saludo
Re: monica
Publicado: Jue, 17 Jul 2014, 09:48
por pinko84
Exacto, los que te tienes que deducir son los pagos fraccionados del año 2013, el 1p se habrá calculado con referencia a la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades 2011 y será distinto al 2p y 3p, calculados en base a la cuota íntegra del Impuesto osre Sociedades 2012.
Un saludo.
Re: monica
Publicado: Jue, 17 Jul 2014, 14:35
por Invitado
Exacto. Solo se podrá deducir en cada ejercicio, los realizados y pagados dentro del mismo año, con independencia de la base para su obtención. El pago del 2014 (1ºT), corresponderá a este ejercicio.