GASTOS DEDUCIBLES HIPOTECAS NO SUBROGADAS
Publicado: Lun, 02 Jun 2014, 14:14
Una empresa inmobiliaria compra algunos inmuebles gravadas con prestamos hipotecarios a particulares o empresas.
La compra se realiza ante notario con escritura pública, la inmobiliaria paga al vendedor y se hace cargo del préstamo.
La inmobiliaria aún no se ha subrogado en los préstamos (espera llegar a un acuerdo con los bancos en la renegociación
de los prestamos).
La inmobiliaria ha realizado algunos pagos de deudas que tenían los inmuebles, intereses, recibos de comunidad, agua
Luz, etc.
Mi pregunta es: Son deducibles los pagos realizados si aún no se ha subrogado en las hipotecas.
Son deducibles si los recibos no están a nombre de la inmobiliaria, sino al del propietario anterior.
Si son o no deducibles donde en que Ley o norma vienen recogidas
La compra se realiza ante notario con escritura pública, la inmobiliaria paga al vendedor y se hace cargo del préstamo.
La inmobiliaria aún no se ha subrogado en los préstamos (espera llegar a un acuerdo con los bancos en la renegociación
de los prestamos).
La inmobiliaria ha realizado algunos pagos de deudas que tenían los inmuebles, intereses, recibos de comunidad, agua
Luz, etc.
Mi pregunta es: Son deducibles los pagos realizados si aún no se ha subrogado en las hipotecas.
Son deducibles si los recibos no están a nombre de la inmobiliaria, sino al del propietario anterior.
Si son o no deducibles donde en que Ley o norma vienen recogidas