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EMBARGO SUELDOS

Publicado: Vie, 30 May 2014, 11:50
por ANGELA
Buenos días! un trabajador tiene una deuda con AEAT, siendo la empresa en la que trabaja la intermediaria por lo qu tiene que descontárselo de su nómina. A que cuenta debe ir el embargo?


Saludos,

Re: EMBARGO SUELDOS

Publicado: Vie, 30 May 2014, 12:20
por Petrus
Habría que habilitar una cuenta exprofeso dentro del sub-grupo 55-Otras cuentas no bancarias que reflejase la contrapartida del descuento en nómina y en tanto su importe no fuese transferido a la AEAT como estáis obligados.
También su podría instrumentar dentro de la 4751-Hacienda Pública acreedora por retenciones practicadas, en sub-cuenta a 5 dígitos. Aunque hay quien considera que no emanando tal obligación como sujeto pasivo de los impuestos , tocaría desmarcarlo de la 47-Administraciones Públicas.