Resulta que tengo una i.v.a. a devolver que presenté el 30/01/2014. A su vez un modelo 115 (retenciones alquileres), del 4º trimrestre de 2013 no podían pagar y lo presenté con reconocimiento de deuda. Me llegó evidentemente la providencia de apremio con las cartas de pago para pagar ese mod. 115. Intenté solicitar aplazamiento pero el sistema no me dejaba y al consultarlo me dijeron que como eran deudas de retenciones no se podía solicitar el aplazamiento.
Bien, decidí que entonces iba a solicitar la compensación con el i.v.a. que tenía pendiente de devolver. Así lo hice, el sistema me deja grabar la solicitud de compensación sin problema. El caso es que me llega la denegación de la solicitud de compensación

Hablo nuevamente con Hacienda y me dicen que como es de retenciones no se puede solicitar compensar con devoluciones, que directamente se inadmite la solicitud. Pero no es mi caso, porque no me la han inadmitido sino que me la han denegado porque aún no me reconocen el crédito.
Puedo presentar alguna alegación a esa denegación?,

Yo entiendo que al ser retenciones no dejen aplazar, pero lo que no entiendo es que no me dejen compensarlo con algo que me deben, jndependientemente de que tenga derecho a la devolución íntegra o no. Creo que mi derecho a devolución ha nacido el 31/01/2014, otra cosa es que la administración sea lentita.

gracias y perdón por el rollo
saludos