REGLA DE LA PRORRATA
Publicado: Mié, 05 Feb 2014, 11:31
Buenos días, una empresa que se dedica a la prestación de servicios con IVA el 21%. Pero se dio de alta en Comisionista de Seguros y estas comisiones vana sin IVA por ser de SEGUROS, de 97.000 euros que factura la empresa, 12675 han sido de seguros, pero no hay facturas de IVA SOPORTADO QUE SEAN ESPECIFICAS DE LA ACTIVIDAD DE SEGUROS, pq la compañía ha puesto el programa, manda las pólizas a través de correo la compañía, podía ser alguna gestión de teléfono, entonces habría que hacer prorrata y si no la hacemos qué consecuencias fiscales podría tener la empresa???
Un saludo, y gracias
ARACELI
Un saludo, y gracias
ARACELI