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dietas
Publicado: Vie, 31 Ene 2014, 14:09
por franchesco
Buenos dias:
Tras la entraga en vigor del RDL 16/2013, como quedarian las dietas?
Se integran en la base de cotización?
Y en la base del IRPF?
Gracias.
Re: dietas
Publicado: Vie, 31 Ene 2014, 20:37
por elchuske
en la base de cotizacion por supuesto. En irpf, creo que tambien, por si acaso yo lo que hago es pagarles a los trabajadores sus gastos y el resto que no hay justificante se lo pongo en la nomina con sus retenciones e seguridad social
Re: dietas
Publicado: Lun, 03 Feb 2014, 13:05
por Invitado
Esas dietas si corresponden a gastos por desplzamientos fuera de plaza, y por actividades de la empresa, previa justificación, están exentas de cotización fiscal hasta los limites señalados por el reglamento del IRPF. Salvo, lo que sobrepase de dichos limites (manutención y locomoción vehiculo propio), que corresponderia declarar en nómina como retribución en especie a todos los efectos.
Si corresponden a dietas dentro de plaza (manutención), corresponde declararlas en nóminas a todos los efectos, sin existir exención fiscal, ni social. Igualmente, pasaria con los plus de distancia o locomoción.
Re: dietas
Publicado: Jue, 24 Nov 2016, 14:51
por arabesque
Buenos dias y gracias por atenderme, es el primer dia que participo en este foro. En mi nómina hay 70? en dietas que corresponden realmente al pago mensual de un garaje (lo pago yo, el trabajador) para poder estacionar en mi lugar de trabajo porque es imposible aparcar. Después del cambio en 2014 sobre la cotización de dietas a la seguridad social, mi jefe me dice que no sabe cómo incluir esos 70? en la nómina para hacer las cosas "bien". Se pueden dejar esos 70? en dietas y cotizar a la seguridad social por ese importe? Se puede incluir en otro tipo de complemento? Cotiza a efectos de irpf? Hasta ahora esos 70? mensuales no cotizaban seguridad social, ni tributaban por irpf. Saludos.