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Cuenta 470 H.P. deudor por IVA con saldo acreedor

Publicado: Vie, 27 Sep 2013, 11:00
por gatita
Hola compañer@s,

me han pasado la contabilidad de una s.l. y me encuentro con 6000 y pico de euros en el debe de la cuenta 470 "HP deudor por IVA" que es la que utiliza mi Contaplus en el asiento de regularizacion del IVA cuando el IVA sale a devolver (el cliente es un restaurante y siempre le sale el IVA a devolver, por aquello de que devengan al 10% y soportan al 21%).

La cuestion es que el IVA a devolver se han venido solicitando en los modelos 303 ultimos trimestres de los ultimos 2 años, pero nunca hemos recibido tales importes porque la Agencia Tributaria siempre ha compensado tales creditos con deudas existentes.

Es por ello por lo que la cuenta no se ha ido saldando con subcuentas de Tesoreria.

Mi pregunta es: con que subcuenta saldo yo ahora dichos 6000 y pico euros en el debe de la subcuenta 470?

Mil gracias a tod@s,


Gatita.

Re: Cuenta 470 H.P. deudor por IVA con saldo acreedor

Publicado: Vie, 27 Sep 2013, 15:47
por Petrus
Tu mismo, quizá sin caer en la cuenta, has marcado la respuesta. Hacienda si que ha atendido el efecto devolución del IVA, lo que sucede que en vez de devolveros dinero efectivo por transferencia , "ha compensado el pago cobrándose otras deudas vuestras a Hacienda". En cada una de estas ocasiones, corresponderá , habida cuenta de que a todas luces no se habrá hecho, compensar contablemente el supuesto cobro, con el pago de los capítulos fiscales adeudados que, como pasivo circulante, debe obrar, o reconocerse, en vuestra contabilidad .
Por ejemplo:
Debe: 6000 475x-H.P. acreedora por conceptos fiscales ( o lo que corresponda)
Haber: 6000 4700-H.P. deudora por IVA

Re: Cuenta 470 H.P. deudor por IVA con saldo acreedor

Publicado: Sab, 28 Sep 2013, 18:45
por elchuske
Estoy con Petrus, pero te voy a decir más. Cogete el certificado de usuario de tu cliente, O el tuyo si puedes. Y le miras en AEAT todas las notificaciones de estos ultimos años donde le reclamaran deudas vencidas. Esas deudas figuraran sin pagar en la contabilidad. Las reconoces , las contabilizas bien y las cruzas con el saldo positivo del IVA que dices. OK