Página 1 de 1

Bonificaciones por Formación del personal

Publicado: Vie, 07 Jun 2013, 12:20
por Núria
Hola a todos,

Hay un trabajador que ha hecho un curso de formación y que está bonificado por la S.Social.
He abierto una cuenta 642 donde sólo pondre al HAVER las bonificaciones. Es correcto o hay algunas cuentas espedificas para este concepto.

Gracias por vuestra ayuda !!!

Re: Bonificaciones por Formación del personal

Publicado: Sab, 08 Jun 2013, 12:37
por NPGC
Hola:
El año pasado registre una bonificacion de un curso y lo hice de la siguiente forma:

Registro de la factura del proveedor:
649 (cuenta en Debe) a 410 (cuenta Acreedor)

Registro de la bonificación:
471 (cuenta en Debe) a 747 (cuenta en Haber)

Descuento de la bonificacion en Pago de la seguridad
476 (cuenta en debe) a 474 (cuenta en Haber)

Saludos
NPGC

Re: Bonificaciones por Formación del personal

Publicado: Dom, 09 Jun 2013, 09:46
por Petrus
La factura la puedes imputar contra la 629, o bien la 649. Hay diversidad de opiniones.Particularmente prefiero optar por la 629 , pués considero que no se trata de un gasto genuino de "Coste de personal".
En cuanto a la contabilización de la "bonificación" , que no "subvención", es decir cuando efectues el asiento habitual de pago del TC.1, el asiento será:

DEBE:
476.-(Cuotas ordinarias empresa y trabajador, según nóminas y SS.)
HABER:
755.- Importe bonificado curso formación (Según ICAC).
572.- Importe liquido pago bancario

Aunque hay quien aboga, como mejor identificación del ingreso de la bonificación, utilizar la 759-Ingresos por servicios diversos, o bien la 778-Ingresos excepcionales. Por mi parte preferiria esta última

Re: Bonificaciones por Formación del personal

Publicado: Dom, 09 Jun 2013, 11:10
por CONTA12
Desede luego está claro que el gasto al acreedor por el curso de formación profesional ha de realizarse a través de la cuenta 649, según el NPGC, en donde se indica expresamente gastos de "formación profesional", como igualmente "becas para estudio", en donde el beneficiario es el propio trabajador:

649. Otros gastos sociales
Gastos de naturaleza social realizados en cumplimiento de una disposición legal o voluntariamente por la empresa.
Se citan, a título indicativo, las subvenciones a economatos y comedores; sostenimiento de escuelas e instituciones de formación profesional; becas para estudio; primas por contratos de seguros sobre la vida, accidentes, enfermedad, etc., excepto las cuotas de la Seguridad Social.
Se cargará por el importe de los gastos, con abono a cuentas de los grupos 5 ó 7, según se paguen en efectivo o en mercaderías u otros productos.

Después la recuparación del gasto, a través de bonificaciones de las cuotas de la Seguridad Social, ya seria cuestión de interpretaciones. Unos aportan la cuenta 642, por su condición de "bonificación de cuotas" y otros mediante la consideración de un ingreso. Incluso podria apuntarse la misma cuenta 649 con el fin de cancelar un gasto no inherente a la actividad habitual de la empresa ya que no se encuentra correlacionado directamente con los ingresos.CONTA12

Mensajes: 8
Registrado: Sab, 10 Nov 2012, 11:42
Mensaje privado