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APREMIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Publicado: Lun, 20 May 2013, 16:21
por rozzyoas3
Se pagaron los seguros sociales fuera de plazo y hemos pagado una sanción por me aparece un principal y un recargo lo contabilizo todo en la misma cuenta o por separado, y en que cuenta?
Re: APREMIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Publicado: Lun, 20 May 2013, 17:43
por Petrus
Por separado: El principal de la liquidación de los seguros sociales en la 476.El recargo, como penalización, deberá considerarse en cargo a la 678-Gastos excepcionales, en carácter de NO DEDUCIBLE a efecto del Impuesto s/. Sociedades.