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SUBVENCION

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ARACELI
Mensajes: 38
Registrado: Jue, 13 Dic 2012, 14:31
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SUBVENCION

Mensaje por ARACELI »

BUENOS DIAS, ESTO ES UNA SL QUE HA RECIBIDO UNA SUBVENCION DE 12.000 EUROS EN EL AÑO 2012 PARA LA CREACION DE UNA BASE DE DATOS PARA SU USO. DURANTE EL AÑO 2012 SE HA GASTADO 4.151,50 EUROS Y PARA EL AÑO 2013 EL RESTO. COMO ES UNA SUBVENCION DE CAPITAL (CREO YO) Y SE IMPUTA EN EL MISMO TANTO POR CIENTO QUE SE AMORTIZA, PERO COMO NO SE HA ACABADO LA BASE DE DATOS HASTA ESTE AÑO 2013, NO DEBERIA ACTIVARLA EN EL 2012, NI AMORTIZAR NI IMPUTAR NADA DE LA SUBVENCIÓN, NO?
¿QUE OPINAIS? TENGO QUE UTILIZAR UNA CUENTA PUENTE HASTA QUE ESTE ACABADA, TENDRIA QUE IMPUTARME ALGO DE LA SUBVENCION???
GRACIAS Y UN SALUDO


ARACELI
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: SUBVENCION

Mensaje por Petrus »

Tratándose de una base de datos habría que considerarlo como una Inversión en el Intangible,( cta. 206-Aplicaciones informáticas) . Los pagos realizados en el 2012 y los siguientes dentro del 2013, en tanto que el trabajo no queda finalizado y puesto a vuestra disposición, deberían contabilizarse con cargo a la 209-Anticipos para inmovilizaciones intangibles.En el momento en que acabado tengáis la factura definitiva, debería activarse ya definitivamente contra la 206 y saldar los anticipos en la 209.A partir de su efectiva puesta en marcha y utilización en uso empresarial, comenzaría su amortización.
Por lo que respecta de la subvención recibida, a contabilizar según su norma ( cta. 136). A seguido ir vaciando su proporcional parte a ingresos( cta. 746) a medida de la amortización del intangible.
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