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El IVA en una letra que sustituye a otra impagada

Publicado: Vie, 18 Ene 2013, 23:11
por meov
Buenas noches:

De nuevo tengo otra duda:
Si se emite una nueva letra que sustituye a otra impagada y dentro del nominal de la nueva letra se incluye los gastos de devolución de la letra impagada, pero estos gastos de devolución que se incluyen son superiores a los que se soportaron por la devolución de la la letra impagada, en este caso ¿se le cargaría IVA por la diferencia entre estos gastos?

Muchas gracias,

Eloísa

Re: El IVA en una letra que sustituye a otra impagada

Publicado: Dom, 20 Ene 2013, 00:35
por Invitado
Es normal que en una nueva letra por impago, sustituyendo a la anterior, se incluyan gastos que superan a los gastos banacarios soportados en un principio. Están entre otros, los intereses legales de demora, o cualquier otro perjuicio que hubiese soportado la empresa y se pudiese demostrar. Todo ello forma la "reseca" de indemnización (gastos devolución, intereses demora, etc.). Y como tales recargos por indemnización, estos no llevan IVA.

Re: El IVA en una letra que sustituye a otra impagada

Publicado: Dom, 20 Ene 2013, 18:32
por meov
Muchas gracias por la aclaración.