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Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 13:54
por pegatina
Yo dejé en blanco el número de ERTE y al día siguiente cuando llegó la resolución envié una copia. Otra cosa, al menos en andalucia los trabajadores tienen que solicitar la tarjeta de demandante de empleo para cobrar las prestaciones, no se como será en otras comunidades. Yo estuve trabajando hasta ayer, hoy es mi día 1 de confinamiento. Gracias que ya lo tengo todo presentado. Ánimo a todos!!

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 14:09
por SLR. LUCIA
Buenos días a todos.

Madre mía, estamos en continuos cambios... así como nos vamos a aclarar.

"Pegatina" necesito tu ayuda por fa.

Voy a presentar la relación de los trabajadores al sepe y todos los demás documentos, entonces respecto a los trabajadores, se que no tenemos que hacer nada para tramitar la prestación porque la empresa al comunicar eso pues ya se tramita, pero sí tengo la duda de si nos tenemos que dar de alta como demandantes de empleo. En mi caso yo he estado dada de alta ya con anterioridad por lo que si hay que hacerlo, accedo y me vuelvo a inscribir.

Entonces hay que darse de alta como demandante de empleo?

El resto de trabajadores que no han estado nunca dados de alta como demandantes de empleo, cómo se dan de alta? Sabes algo sobre esto? Llevo toda la semana pasada llamando y nada... también soy de Andalucía.

Quedo pendiente, muchas gracias. Un saludo.

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 15:11
por pegatina
Te mando el enlace que amo me envió una de mis trabajadoras. Ahí lo explica todo, si has sido demandante y si no. Espero que te ayude, hazlo llegar a tus trabajadores. los trabajadores afectados, tienen que inscribirse como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo SAE, tal y como viene indicado en la web que a continuación indico (para su información):
https://www.juntadeandalucia.es/organis ... e-sae.html
pudiéndolo realizar la inscripción por medio del formulario del siguiente enlace (que viene en la web anterior)
https://www.juntadeandalucia.es/organis ... manda.html

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 16:46
por SLR. LUCIA
Muchas gracias, sí me sirvió!

Mil gracias de nuevo.

Tengo una duda, quizás bastante tonta, pero no sé que debo poner, y es que no hay manera de que me cojan el teléfono.... :(

En la plantilla del ERTE por COVID-19 en formato EXCEL, hay un apartado que pone "´´AMBITO GEOGRÁFICO DEL ERE" y te da a elegir 3 opciones, NACIONAL, AUTONÓMICO o PROVINCIAL. Ahí que están poniendo ustedes?

Tiene que ver donde tengas el centro de trabajo? Por ejemplo, si sólo hay un centro de trabajo ubicado en única provincia, pues poner PROVINCIAL, si hay varios en varias provincias dentro de la misma C.A. poner Autonómico o si hay varios en España poner NACIONAL, así es? o depende de los trabajadores? Si los trabajadores que están incluidos en el ERTE pertenecen a la misma provincia entonces poner PROVINCIAL, si no, pero sí a la misma C.A. poner AUTONÓMICO...? Es que no tengo idea....

Si alguien me lo puede aclarar se lo agradezco infinitamente!

Saludos y ánimo para tod@s

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 17:07
por SLR. LUCIA
A la hora de presentar el certificado de empresa pide esto:

Bases de cotización de los últimos 180 días precedentes a la fecha de la suspensión / extinción de la relación laboral.

Si mi fecha de suspensión es por ejemplo el 19 de Marzo, tengo que poner las bases de cotización de los meses desde Septiembre 2019 a Febrero 2020 y también tengo que poner la base de cotización de los 18 días de Marzo? O esta no se pone?

Es que yo cuando he comunicado certificados de empresa ha sido porque han finalizado los contratos y lo he tenido claro, pero ahora no sé....

Si me podéis asesorar en esto, os lo agradezco. Un saludo.

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 17:45
por Gesintur
SLR. LUCIA según la localización de los centros de trabajo a los que afecte el ERTE si solo hay centros de trabajo en una provincia será provincial, si hay centros de trabajo en varias provincias de la misma comunidad será autonómico y si hay centros de trabajo en diferentes comunidades será Nacional. Ojo que también hay un % de los puestos afectado que puede variar esta regla, pero así de forma genérica, es como te he explicado.
Un saludo.

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 17:55
por SLR. LUCIA
Muchas gracias Gesintur.

El centro de trabajo es solo 1 y está ubicado en una provincia. Con lo cual entonces, debería de poner PROVINCIAL no? Pero lo que me pones de que también hay un % de los puestos afectado que puede variar esta regla, qué quiere decir? Porque en este caso ninguno de los trabajadores pertenece a la provincia donde está ubicado el centro de trabajo, el 75% de los trabajadores pertenecen a una misma provincia (la cuál no es la provincia donde está el centro de trabajo) y el 25% restante de los trabajadores pertenecen a otras provincias distintas... que tampoco coinciden con las del centro de trabajo. Todos dentro de la misma Comunidad Autónoma donde está el centro de trabajo.

Entonces, debería poner mejor AUTONÓMICO?

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 17:59
por Gesintur
Buenas tardes,

No, donde residan los afectados no entra en juego, solo los centros de trabajo. Lo que te he comentado del % es para casos como: Una empresa que tiene la central con 500 trabajadores en una provincia y luego una delegación con 2 personas en otra, en este caso el ERTE pese a afectar a dos provincias, seguiría siendo provincial.

Un saludo.

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 18:02
por RoberS
los 180 días del certificado se suponen que deben ser desde el último día trabajado hacía tras en el tiempo, ya que a partir del último día trabajado en adelante será el subsidio... es decir, si el último día trabajado fue el 18/03, será desde el mismo 18/03 hacía atrás 180 días... el programa de nóminas, al registrar la situación de erte el 18/03, debería hacerlo así...

Re: ERTE

Publicado: Lun, 30 Mar 2020, 18:22
por SLR. LUCIA
Vale Gesintur, muchas gracias por la aclaración.