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Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Lun, 02 Oct 2017, 20:44
por Pedrocbjm
Hola a todos, tengo una duda de cómo poder regularizar la siguiente situacion. Resulta que uno de nuestros viajantes fue a canarias a cobrar una deuda por importe de 1.666 euros y nuestro cliente le devolvió género por 1.156 euros sin pasar por la aduana ya que se lo trajo en la maleta si len mas. El cliente nos hará transferencia por la diferencia. Como podría regularizar esa devolución ya que no podemos hacer factura de abono oficial. Gracias.
Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Jue, 21 Jun 2018, 00:08
por asun
Hola Petrus, quería hacerte una pregunta : Tiene que coincidir la suma de la cuenta 4745 y la 121 con las bases imponibles negativas del impuesto de sociedades? Es que me sale una diferencia y no se por qué es.
Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Mar, 26 Feb 2019, 22:00
por asun
Hola¡ Por favor a ver si me podeis ayudar.Tengo una diferencia entre las bases imponibles negativas del Impuesto de Sociedades y la contabilidad. Esta diferencia son los gastos no deducibles en Impuesto de Sociedades de varios años. Que asiento tengo que hacer en contabilidad para que me coincidan?
Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Mié, 27 Feb 2019, 02:06
por Petrus
No tienes que hacer nada. Son magnitudes diferentes, una contable y otra fiscal y cada una responde a una finalidad diferenciada.
La contable te luce en la 121 como "resultados negativos ejercicios anteriores" y la fiscal debe figurarte en la página 15 del mod. 200 del Impuesto.
El saldo en la 121 se irá compensando con aplicación de los futuros beneficios "contables" (cta. 129).
Las B.I.N. cuando lleguen los resultados en beneficio te permitirán con su aplicación rebajar el resultado contable hacia una Base Imponible inferior con lo que pagarás menos impuestos.
Con todo, debo suponer que actualmente no debes tener reconocido el crédito fiscal de estas pérdidas en la 4745.
Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Lun, 11 Mar 2019, 20:14
por asun
Gracias Petrus por tu ayuda. Si tengo reconocido el credito fiscal en la 4745.
Re: ASIENTO CONTABLE
Publicado: Lun, 11 Mar 2019, 20:22
por Petrus
Pues entonces, cuando llegue la oportunidad de deducirte estas B.I.N. en el cálculo del Impuesto de futuros ejercicios en beneficio, deberás al propio tiempo aplicarte el crédito fiscal reconocido en la 4745 en la proporción de las bases deducidas:
Debe: 6301 / haber: 4745