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Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 01:23
por Jaseng
Gracias
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 11:12
por Ponteunnickplis
Buenos días Jaseng.
Aunque es correcto lo indicado por Nachet, yo te recomendaría que no lo solucionases mediante una complementaria del modelo 200, sino presentando un escrito de rectificación, indicando que por error no se cumplimentó la página 15 y detallando los datos que debieron aparecer.
Es cierto que no es el procedimiento más adecuado, pero si presentas una complementaria del modelo 20, existe un altísimo grado de probabilidad que se te inicie un expediente sancionador por presentar una declaración extemporánea, ya que suele ser un proceso automático.
Con suerte y si no te toca un funcionario cabrón podrás paralizarlo en fase de alegaciones pero todo ello implica más trabajo.
Yo evito las extemporáneas como la peste y lo soluciono mediante escritosÔǪHhsta ahora me ha dado resultado.
Tú decides. Saludos.
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 12:29
por Jaseng
Existe algun modelo predefinido para presentar esta clase de rectificaciones, o como tu has presentado ya alguno me podias enviar una proforma. Gracias
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 12:57
por Ponteunnickplis
Buenas tardes, la verdad es que nunca se me ha pasado la cumplimentación de esa página, las rectificaciones que he hecho son de otro tipo, así que no tengo un modelo tipo, sin embargo he encontrado por internet un modelo de solicitud de rectificación y haciéndole algunas modificaciones te podría servirÔǪ
"SR. JEFE DE LA DEPENDENCIA DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DELEGACIÓN DE/
SR. ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ÔǪÔǪÔǪ.
D. ÔǪÔǪ ÔǪÔǪÔǪÔǪ., mayor de edad, con NIF ÔǪÔǪ.. como administradorÔǪ. de la entidad mercantil ÔǪÔǪÔǪÔǪcon domicilio en ÔǪÔǪ.. calle/plaza ÔǪÔǪ. nº ÔǪ., piso ÔǪ.. comparece y, como mejor proceda,
DICE
1.- Que en fecha ÔǪÔǪ de ÔǪÔǪ de ÔǪ.. presentó autoliquidación del Impuesto de Sociedades conrrespondiente ( Modelo 200) all ejercicio, resultando una cantidad a pagar/devolver de ÔǪÔǪ euros.
Indicar el número de expedientes, código seguro de verificación y el número de justificante (yo suelo indicar los tres para que no haya confusión posible)
2.- Que en dicha autoliquidación se ha apreciado un error consistente en que no se cumplimentó los datos relativos a la compensación de Bases Imponibles negativas de ejercicios anteriores (página 15 de dicho modelo) que a continuación detallo:
Compensación de Base imponible negativa añoÔǪ(Haces referencias a las casillas y los importes)
Por todo lo anterior
SOLICITA:
Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y considere presentada solicitud de RECTIFICACIÓN de la AUTOLIQUIDACIÓN de referencia,
En .. a .. de .. de .."
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 17:23
por nachet
me parece muy bien el escrito pero yo a la vez presentaría la declaración modificada y asi lo tienes todo; no obstante el escrito "IMPLICA" que algo se ha hecho incorrecto y por eso presentas el escrito.
nota: en el escrito no había "caído" ya que al presentar la complementaria ya se entiende que es por algo.
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Vie, 06 Mar 2015, 17:28
por nachet
como dice Ponteunnickplis "Yo evito las extemporáneas como la peste y lo soluciono mediante escritos" es más que correcto pero hay que darse cuenta que no se deja de ingresar ó hay devolución de ingresos indebidos que seguramente tendremos la posibilidad de una revisión limitada(como lo llaman ellos), lo que pasó es que se nos olvidó un dato que no afecta a la declaración sino que afecta a las del futuro.
Re: COMPENSACION BASES NEGATIVAS
Publicado: Jue, 02 Feb 2017, 18:10
por liaxes
Hola!! Muchas gracias por las aclaraciones a este tema. Estoy en la misma situación que el compi.
En el ejercicio 2016 compensaremos bases negativas de 2011 a 2015. La página 15, en la que se reflejan esas bases a compesar, solo la hemos cubierto en el IS de 2015, (las bases a compensar de los años, 2012, 2013 y 2014, tampoco se ha cubierto el 2011) en los ejercicios de los anteriores no se ha cubierto... ¿Será suficiente con haber cubierto esa página en el ejercicio 2015, o tendremos que presentar escrito para enmendar ese error en los años anteriores? ¿Sería un escrito por cada ejercicio (es decir, la página 15 del ejerc 2012, del ejerc 2013 y del ejerc 2014)?
Hasta el año pasado no llevabamos nosotros la contabilidad y no sabemos que habrá pasado para no haber cubierto eso... (sabemos que a nosotros se nos han pasado 35 euros que habia que compensar del 2011, eso si que es fallo nuestro).
Gracias de antemano.