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PLAZOS DEVOLUCION RENTA 2014

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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LIBICES
Mensajes: 1
Registrado: Dom, 21 Jul 2013, 19:40
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PLAZOS DEVOLUCION RENTA 2014

Mensaje por LIBICES »

Hola!!

Muy buenas, se que este foro es solo para profesionales, mi consulta es a nivel de usuario sin conocimientos en la materia fiscal, quisiera saber cuanto suelen tardar en devolverte el dinero la administración tributaria teniendo en cuenta este mensaje en la consulta del expediente;

" Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma", no se si me requieren algo, porque mi declaración este año es algo especial presenta alguna particularidad, por desgravación de alquiler, movilidad geografica a una comunidad autonoma con regimen fiscal propio en concreto a la comunidad Foral de Navarra, etc.

Ruego me atiendan dicha solicitud, para tratar de salir de dudas sobre este mensaje de la agencia tributaria.

Atentos saludos,

ECCH
supercontable
Mensajes: 168
Registrado: Jue, 30 Ago 2012, 13:49
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Re: PLAZOS DEVOLUCION RENTA 2014

Mensaje por supercontable »

Buenos días LIBICES,

Ese estado que te aparece significa que la petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, ya la ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante puede ser revisada nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacerte un requerimiento para aclarar la situación.

Comprueba las discrepancias y si no existe error por tu parte puedes esperar a que se solucione en la nueva revisión que hagan o intentar aclararlo en tu Delegación. Si por el contrario ves que sí has cometido un error, puedes presentar una nueva declaración que anule la anterior.

En cualquier caso, la Administración tiene seis meses, contados desde el final del plazo voluntario de presentación de declaraciones, para realizar el pago de las cantidades a devolver. Si se rebasan esos seis meses, la Agencia Tributaria está obligada a incluir en la devolución el interés de demora. Pero este es el plazo máximo, en la práctica Hacienda no suele tardar más de un mes en ingresar al contribuyente.

Un saludo.
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