Tengo una duda respecto a la deducción por inversión de beneficios en el impuesto de sociedades, el ejercicio 2014 es el último año para aplicarla ( la empresa hizo un contrato de arras en 2014 aunque no estaba claro que finalmente realizase la inversión, por eso aún estoy con el cierre


supuestos:
- unos Beneficios de 50.000,00 ?
- inversión a realizar 200.000,00 ?
- importe sin financiación ajena 20.000,00 ?
- importe a financiar 180.000,00 ?
- correcciones a la base por gastos no deducibles 5.000,00 ? ( no los he tenido en cuenta para el denominador, puesto que al dotar la provisión solo tendré los 50.000 del bº contable)
pregunta ¿la base de la deduccion serán los beneficios por el coeficiente( (50.000 * (50.000/50.000) = 50.000), o el importe que se pagará sin financiáción ajena por el coefeciciente ((20.000 * (50.000/50.000)= 50.000)?
Agradezco por anticipado vuestra atención