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monica

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monica
Mensajes: 205
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 19:01
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monica

Mensaje por monica »

Hola a todos,

¿me podríais decir, por favor, si en el impuesto de sociedades me puedo deducir los 3 modelos 202 que he pagado en el 2.013?

gracias
pinko84
Mensajes: 73
Registrado: Mar, 23 Jul 2013, 19:17
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Re: monica

Mensaje por pinko84 »

Claro, son los pagos fraccionados que te deben minorar la cuota líquida, son las casillas 601, 603 y 605 de la página 14 del modelo 200.

Un saludo.
monica
Mensajes: 205
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 19:01
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Re: monica

Mensaje por monica »

Muchas gracias Pinko84 por tu respuesta,

es que mi duda era si los pagos fraccionados que me podía deducir eran los 3 del 2.013 o los de octubre y diciembre del 2.013 y el de abril de 2.014, pero ya me has aclarado que los 3 que me puedo deducir son los que he pagado en el 2.013.

muchas gracias de nuevo y un saludo
pinko84
Mensajes: 73
Registrado: Mar, 23 Jul 2013, 19:17
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Re: monica

Mensaje por pinko84 »

Exacto, los que te tienes que deducir son los pagos fraccionados del año 2013, el 1p se habrá calculado con referencia a la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades 2011 y será distinto al 2p y 3p, calculados en base a la cuota íntegra del Impuesto osre Sociedades 2012.

Un saludo.
Invitado
Mensajes: 414
Registrado: Dom, 09 Dic 2012, 01:34
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Re: monica

Mensaje por Invitado »

Exacto. Solo se podrá deducir en cada ejercicio, los realizados y pagados dentro del mismo año, con independencia de la base para su obtención. El pago del 2014 (1ºT), corresponderá a este ejercicio.
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