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COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

FORO destinado a resolver dudas, plantear cuestiones sobre cualquier tema de asesoramiento fiscal y/o laboral que no sea contable, serán resueltas por los expertos de RCR y por los propios usuarios de SuperContable.com.
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MYN
Mensajes: 4
Registrado: Lun, 16 Dic 2013, 11:48
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COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

Mensaje por MYN »

Buenos días,

Tengo una duda respecto al I. Sociedades y la compensación de las Bases Imponibles negativas. Que cantidad se compensa, el resultado de la cuenta de PYG antes o después de impuestos?. Tenía entendido que se compensaba la cantidad resultante de la cuenta de PYG antes de Impuestos. SI no se hubiera hecho así, donde regularizo la cantidad que me he dejado de compensar?

gracias. Un saludo,
Invitado
Mensajes: 414
Registrado: Dom, 09 Dic 2012, 01:34
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Re: COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

Mensaje por Invitado »

Naturalmente, antes de impuestos. Aplicable a la base imponible integra o bruta, y hasta el total de esta.
MYN
Mensajes: 4
Registrado: Lun, 16 Dic 2013, 11:48
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Re: COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

Mensaje por MYN »

gracias por la aclaración, pero no estoy muy puesta en Impuesto de Sociedades y me cuesta un poco, y mas, cuando me han pasado un Impuesto presentado en el ejercicio 2010, que es difícil de interpretar ,sobre todo por qué creo que no está bien. Te agradecería me indicaras si la cuenta 129, cuando hay beneficios, se puede saldar con la cuenta 121 de pérdidas de otros ejercicios.
Además tengo la cuenta de 4745 de créditos a compensar del ejercicio, la cual entiendo que también tendría que haberse saldado con la cuenta 6301, pero no se hizo el apunte correspondiente a fecha 31/12 y sigue apareciendo con saldo. Se podría regularizar a fecha 01/01 del ejercicio siguiente?
gracias por tu ayuda. Un saludo,
Invitado
Mensajes: 414
Registrado: Dom, 09 Dic 2012, 01:34
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Re: COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

Mensaje por Invitado »

En el mod.200, del Impuesto de Sociedades, se salda la base imponible (beneficios), con pérdidas de ejercicios anteriores, por el mismo importe de la base, si llega a ello.

Eso se traduec en contabilidad, que la cuenta 121 (parte empresa), se salda con la de igual importe de la cuenta 129 (Beneficios), y a su vez, la 4745, contra la 6301,

Al final, la base imponible objeto de compensación (beneficios), debe ser equivalente en contabilidad a las cuentas 4745+129, por el mismo importe de la base imponible.
MYN
Mensajes: 4
Registrado: Lun, 16 Dic 2013, 11:48
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Re: COMPENSACION IMPUESTO SOCIEDADES

Mensaje por MYN »

Muchas gracias por tu ayuda. Ahora lo tengo mas claro
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