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Consulta sobre un crédito en la subcuenta 252

FORO destinado a resolver dudas o plantear cuestiones sobre cualquier tema contable, estas serán resueltas por los propios usuarios de SuperContable.com según sus experiencias y por los expertos de RCR.
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Megane
Mensajes: 2
Registrado: Jue, 12 Dic 2019, 17:21
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Consulta sobre un crédito en la subcuenta 252

Mensaje por Megane »

Buenas tardes

Tengo una duda sobre la subcuenta 252.
Esta subcuenta de créditos a L/p, lleva en la sociedad muchos años con un saldo no real y realmente no sé de que viene, por que no es un préstamo con los socios, ni es un préstamo con otra empresa. Se podría compensar ese saldo con la subcuenta 113.

En su momento cuando entró la nueva asesora nos indicó que habría que quitarlo mediante los socios, pero es que no me parece correcto, puesto que ellos no se lo han llevado.
Tampoco me parece justo o correcto llevarlo a una cuenta de gasto, o una cuenta de crédito incobrable por que no es real, quiero decir no existe entidad o persona a la cual se le pueda reclamar, y me inclino por que esto se arrastrase de alguna "mala" contabilidad realizada por otros, ya que llevo aquí cerca de 18 años y esa cantidad sigue estando ahí..., bueno he aminorado algo el importe a base de nómina (como me indico la asesora).

Pero me gustaría que me dieseis alguna otra opinión de alguien que controle algo más el tema....

Mil gracias..
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: Consulta sobre un crédito en la subcuenta 252

Mensaje por Petrus »

Seria bueno saber de que importe es este saldo acreedor del que no conocéis el prestatario.Cuando te encuentras en "un callejón sin salida", la importancia de la partida permite mejor decidir la solución.
Con todo, creo que deberías ver la posibilidad , por antiguo que sea el hecho detonante, de averiguar el asiento original y sus motivaciones y beneficiarios del préstamo. Es la única manera de saber por donde pueden ir los tiros ahora para regularizar este saldo.
Lo de regularizar " a base de nómina", que de alguna manera dices has estado practicando, me deja perplejo. ¿ en qué nómina ...?
Si al final, resulta que no se consigue nada en tal sentido, habría que regularizar por las bravas a pérdida, si bien por precaución fiscal me abstendría de considerarla deducible a efectos del I. de SS.
Megane
Mensajes: 2
Registrado: Jue, 12 Dic 2019, 17:21
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Re: Consulta sobre un crédito en la subcuenta 252

Mensaje por Megane »

Buenas, Petrus.
Te explico, la cantidad que aparecía en la 252 sería de unos 10.000 €, ahora es menos.

En su momento me indico la asesora que si no había préstamo como tal, pero seguía apareciendo en la sociedad serían los socios los que se tienen que hacer cargo, o a base de aportaciones o en este caso con saldos pendientes de cobrar de los socios, yo estoy haciendo esto último.

(ninguna de las dos opciones les cuadra a los socios, pero claro también te digo que tienen un concepto de la contabilidad un poco "olvidadizo", y aquí me quedo.).

Tampoco habría un préstamo con otra sociedad que llegaron a tener por que también lo revisamos.
Mi pregunta es si estas diferencias no se pueden compensar con la 113, y en tal caso intentar hacerlo.
Mi intención no es contabilizar como gasto la perdida del préstamo, por que ya te digo que no sé de donde viene y simplemente saber si se puede regularizar...
Petrus
Mensajes: 1734
Registrado: Lun, 05 Nov 2012, 13:37
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Re: Consulta sobre un crédito en la subcuenta 252

Mensaje por Petrus »

Vamos a ver, si la anterior asesora cuando te dejó que dicha partida resultaban responsables los socios, haría falta saber si lo decía porqué en el fondo intuía que estos dineros habían ido a parar al bolsillo de dichos señores, o bien se refería a la empresa, detrás de la cual indefectiblemente están siempre los socios.
En cualquier caso, partiendo de la base de que no somos capaces de encontrar un concreto responsable al que atribuirle este crédito, la regularización pasará con cargo a pérdida. Como bien dices, puestos a imputar dicha pérdida se podría cargar a la 113, por aquello de los errores de ejercicios anteriores, aunque de hecho la regularización nace en este momento......
Si lo pasas a la 113 no efectará al resultado del año corriente, pero tal como ya te he dejado recomendado en mi primer respuesta, olvídate de su efecto impositivo, es decir no lo hagas jugar como partida deducible en el Imptº de Sociedades.
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